el sabado 15/08/09,me levante en torreblanca(castellon),despues de haber hecho un descanso 11h,bueno el caso es que yo para los descansos diarios y semanales dejo el tacografo sin discos,me lo dijo un primo que es guardia de trafico,nunca tube problemas en ningun lugar de europa,hasta que llego el brazo tonto de la ley,me dijo que podia ser de 1501eur,estoy acojonado
,por favor que alguien qu de verdad sepa me explique esto.saludos ha todos.
por favor,explicarme
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FERMINEITOR
Re: por favor,explicarme
Tu primo te informó bien, de milagro pero bien.
Antiguamente en España, no estaba "consentido" el hecho de hacer el descanso sin el disco. Actualmente si es posible, hacer el descanso sin el disco, o sin la tarjeta insertada en el tacografo.
El motivo es por que segun la legislacion actual, NO ES OBLIGATORIO, que el conductor demuestre documentalmente la realizacion de los DESCANSO DIARIOS, o de los DESCANSOS SEMANALES, pero para que esto sea considerado así debe de existir entre un disco y otro o entre una extraccion de tarjeta y la nueva insercion, eltiempo minimo establecido legalmente para dicos descansos, es decir o bien un minimo de 9 h. o bien un minimo de 24 h. que es lo establecido respectivamente.
Si en dicho periodo de tiempo, "alguien" mueve el vehiculo y el agente inspector lo descubre, tu siempre podras decir que durante tu descanso, alguien ha movido el camion, pero el agente tambien está en su derecho de formular el boletin correspondiente, si no se lo cree, para que la empresa justifique que persona es la que ha efectuado dicha conduccion.
En definitiva, si puedes sacar el disco, pero ten en cuenta que si lohaces debes de tener un minimo de 9 h. hasta el siguiente o de 24 h. si lo que haces es un descanso semanal reducido.
Antiguamente en España, no estaba "consentido" el hecho de hacer el descanso sin el disco. Actualmente si es posible, hacer el descanso sin el disco, o sin la tarjeta insertada en el tacografo.
El motivo es por que segun la legislacion actual, NO ES OBLIGATORIO, que el conductor demuestre documentalmente la realizacion de los DESCANSO DIARIOS, o de los DESCANSOS SEMANALES, pero para que esto sea considerado así debe de existir entre un disco y otro o entre una extraccion de tarjeta y la nueva insercion, eltiempo minimo establecido legalmente para dicos descansos, es decir o bien un minimo de 9 h. o bien un minimo de 24 h. que es lo establecido respectivamente.
Si en dicho periodo de tiempo, "alguien" mueve el vehiculo y el agente inspector lo descubre, tu siempre podras decir que durante tu descanso, alguien ha movido el camion, pero el agente tambien está en su derecho de formular el boletin correspondiente, si no se lo cree, para que la empresa justifique que persona es la que ha efectuado dicha conduccion.
En definitiva, si puedes sacar el disco, pero ten en cuenta que si lohaces debes de tener un minimo de 9 h. hasta el siguiente o de 24 h. si lo que haces es un descanso semanal reducido.
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MOTORISTA
Re: por favor,explicarme
es que esa sancion no tiene razzon alguna de ser ya que no es necesaio tener insertdo el disco en el tacografo para hacer el descanso siempre y cuando desde que sacas uno y hasta que metes otro existe el descnso reglamentario y los estilestes coinciden, eso si que coincidan no movais el camion sin disco
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