CONDUCCIÓN DIARIA
CONDUCCIÓN DIARIA
Se dice que el periodo de conducción diaria comienza cuando concluye un descanso de al menos 9 h, ¿Entonces puedo empezar dos periodos de conducción en menos de 24 h, por ejemplo, he conducido un total de 10 horas al dia con las respectivas pausas descanso 9 horas podría comenzar un nuevo periodo de conducción?
Re: CONDUCCIÓN DIARIA
Por supuesto, no hay ningún problema.
El periodo de conducción diario es el comprendido entre dos descansos diarios o uno diario y otro semanal...
Saludos.
El periodo de conducción diario es el comprendido entre dos descansos diarios o uno diario y otro semanal...
Saludos.
Re: CONDUCCIÓN DIARIA
Hay que tener en cuenta que no se pueden utilizar 2 discos para una misma jornada, si descansa e inicia una nueva conducción en el mismo disco, al llegar a la hora en que lo puso tendrá que cambiarlo y continuar con la misma jornada en otro disco.
Re: CONDUCCIÓN DIARIA
Agente si yo conduzco 1 hora y paro 11 conduzco 1 hora y paro 9 y comienzo una jornada según tu tendría que emplear tres hojas de registro. Eso no lo pone ni en el 561 ni en el 3821, la definición de jornada te la ponen arriva, yo desde que comienzo la jornada con cualquier actividad diferente del descanso tengo COMO MAXIMO 24 HORAS para realizar los periodos de conduccion pausas etc y realizar el descanso, no pienses en discos solo valen para soportar los registros piensa en horas, de todas formas es muy complicado encontrar un transportista que sólo conduzca una hora pero en el ejemplo de arriva tendria acumuladas en el periodo de24 horas dos jornadas que me condicionan el descanso semanal. Saludos
Re: CONDUCCIÓN DIARIA
Efectivamente no se pueden usar dos hojas de registro para la misma jornada en el ejemplo que yo te pongo arriva son dos jornadas
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