Me han comentado que el descanso semanal así como días festivos que no se trabaje, hace falta tener un Certificado de actividades, además de los días laborables no trabajados.
Un saludo y Gracias
Certificado de actividades: Descanso semanal
Re: Certificado de actividades: Descanso semanal
¿ Me podrían aclarar si es verdad que los descansos semanales hace falta justificarlos?
Gracias.
Gracias.
Re: Certificado de actividades: Descanso semanal
No es obligatorio que sean acreditados los periodos de DESCANSO, ni los DIARIOS, ni los SEMANALES.
Esto ya venia en la Instruccion de FOM 3/2007 y en la intruccion 1/2010, tambien viene reflejado.
La confusion que se crea ahora es que en el nuevo Certificado de Actividades, que modifica el anterior, se han añadido tres supuestos de actividad distinta ala conducccion nuevos, como son:
DISPONIBILIDAD, el haber estado a disposicion de la empresa, sin efectuar labores de conducion,por ejemplo, de traslado en un vehiculo de la empresa, pero no conduciendo, eso seria disponibilidad para la empresa.
EFECTUANDO TRABAJOS DISTINTOS A LA CONDUCCION, como por ejemplo aquel que durante la semana o los dias que sean, ha estadode mozo de almacen o de mecanico, y luego coge el camion.
Y la tercera es PERMISO O DESCANSO, eso se refiere a aquellosperiodos de inactividad, que no son considerados laboralmente como vacaciones, por ejemplo cursillos, dias de asuntos particulares, etec. No está pensado para justificar los periodos de descanso normales, pero la gente lo va a hacer con esto, y no deberia.
Abajo te adjunto lo que dice la instruccion de FOM, al respecto de los descansos. Espero que se te haya aclarado la duda.
pero no será necesario que registren los descansos que delimitan dichos períodos de trabajo diarios, ya sean descansos diarios o semanales En consecuencia no se puede exigir a los conductores que demuestren en carretera que han realizado el descanso diario o semanal a través de discos diagrama o anotaciones en la tarjeta de conductor del tacógrafo digital.
Esto ya venia en la Instruccion de FOM 3/2007 y en la intruccion 1/2010, tambien viene reflejado.
La confusion que se crea ahora es que en el nuevo Certificado de Actividades, que modifica el anterior, se han añadido tres supuestos de actividad distinta ala conducccion nuevos, como son:
DISPONIBILIDAD, el haber estado a disposicion de la empresa, sin efectuar labores de conducion,por ejemplo, de traslado en un vehiculo de la empresa, pero no conduciendo, eso seria disponibilidad para la empresa.
EFECTUANDO TRABAJOS DISTINTOS A LA CONDUCCION, como por ejemplo aquel que durante la semana o los dias que sean, ha estadode mozo de almacen o de mecanico, y luego coge el camion.
Y la tercera es PERMISO O DESCANSO, eso se refiere a aquellosperiodos de inactividad, que no son considerados laboralmente como vacaciones, por ejemplo cursillos, dias de asuntos particulares, etec. No está pensado para justificar los periodos de descanso normales, pero la gente lo va a hacer con esto, y no deberia.
Abajo te adjunto lo que dice la instruccion de FOM, al respecto de los descansos. Espero que se te haya aclarado la duda.
pero no será necesario que registren los descansos que delimitan dichos períodos de trabajo diarios, ya sean descansos diarios o semanales En consecuencia no se puede exigir a los conductores que demuestren en carretera que han realizado el descanso diario o semanal a través de discos diagrama o anotaciones en la tarjeta de conductor del tacógrafo digital.
Re: Certificado de actividades: Descanso semanal
Gracias por aclarame la duda muy amable y buen trabajo
Volver a “Sanciones tacógrafo”
¿Quién está conectado?
Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 5 invitados