sobreescribir 2 jornadas en un disco.
sobreescribir 2 jornadas en un disco.
Quisiera saber si por olvidar cambiar el disco despues de 24h. y sobreescribir la conduccion durante varias horas es motivo de sancion.Hay gente que la han sancionado,y otros que no.Es recurrible la multa.gracias
Re: sobreescribir 2 jornadas en un disco.
Nada no tienes remedio..no puedes alegar un triste olvido..sobre 1.500 eurillos..
Re: sobreescribir 2 jornadas en un disco.
Depende si se pueden leer correctamente las actividades
Re: sobreescribir 2 jornadas en un disco.
Por lo que dices, el tacografo, al no cambiar el disco ha sobreescrito en periodos de conduccion, y por tanto, se solapan actividades de conduccion de jornadas distintas...
Tiene muy mal apaño, ya que en ese caso, es practicamente imposible diferenciar lo conducido un dia y lo conducido otro, y eso es lo que es sancionable. La utilizacion de un disco por periodo superior a 24 h. es sancionable, si se producen grabaciones que impidan la correcta lectura del disco.
Puedes intentar una cosita, aunque no tienes ninguna garantia de que te sirva para librarte de la denuncia, pero lo puedes intentar, el NO ya lo tienes.
Coge dos discos en blanco, al primero, bien por la parte de lantera o bien por la parte trasera, en la cuadricula que tiene el disco, realiza manualmente, las grabaciones correspondientes a las actividades realizadas el PRIMER DIA, tal y como esten en el disco.
Coge el segundo disco y haz lo mismo, registrando manualmente las actividades efectuadas ese segundo dia.
En el disco enel que se superpusieron los registros por la parte posterior haces la anotacion manual, de que se acompañan dos discos confeccionados manualmente, por error involuntario se producen dicha supeposicion, y grapas los tres juntos, el chungo y los hechos a mano.
Si el agente con el que topas tiene dos dedos de frente, verá que está tratando de hacerlo, bien, y que no engañas a nadie, sino que has cometido un error que tratas de solventar.
Si la admnistracion te los pide, idem de idem, pues estamos en el supuesto de un equivoco y tratas de justificar tus actividades a toda costa.
Como te dije antes, EL NO YA LO TIENES, no pierdes nada por hacerlo así.
Tiene muy mal apaño, ya que en ese caso, es practicamente imposible diferenciar lo conducido un dia y lo conducido otro, y eso es lo que es sancionable. La utilizacion de un disco por periodo superior a 24 h. es sancionable, si se producen grabaciones que impidan la correcta lectura del disco.
Puedes intentar una cosita, aunque no tienes ninguna garantia de que te sirva para librarte de la denuncia, pero lo puedes intentar, el NO ya lo tienes.
Coge dos discos en blanco, al primero, bien por la parte de lantera o bien por la parte trasera, en la cuadricula que tiene el disco, realiza manualmente, las grabaciones correspondientes a las actividades realizadas el PRIMER DIA, tal y como esten en el disco.
Coge el segundo disco y haz lo mismo, registrando manualmente las actividades efectuadas ese segundo dia.
En el disco enel que se superpusieron los registros por la parte posterior haces la anotacion manual, de que se acompañan dos discos confeccionados manualmente, por error involuntario se producen dicha supeposicion, y grapas los tres juntos, el chungo y los hechos a mano.
Si el agente con el que topas tiene dos dedos de frente, verá que está tratando de hacerlo, bien, y que no engañas a nadie, sino que has cometido un error que tratas de solventar.
Si la admnistracion te los pide, idem de idem, pues estamos en el supuesto de un equivoco y tratas de justificar tus actividades a toda costa.
Como te dije antes, EL NO YA LO TIENES, no pierdes nada por hacerlo así.
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