CERTIFICADO ACTIVIDADES DEL CONDUCTOR

Todo tipo de sanciones relacionadas con el tacógrafo.
el tio de la jarra

Re: CERTIFICADO ACTIVIDADES DEL CONDUCTOR

Mensajepor el tio de la jarra » Dom Sep 04, 2011 3:14 pm

Con el certificado la han liado, la hemos liado, las interpretaciones que ha dado fomento son sólo interpretaciones de ámbito nacional, al salir a un país fuera del nuestro lleva todos los registros al pie de la letra del reglamento 561/2006 y no tendrás problemas, me intentaré explicar: Descanso semanal hasta 45 horas no es necesario aportar certificado de actividades, a partir de ahi siempre que no tengas las actividades realizadas incluido el descanso, registradas en el tacógrafo, te toca hacer el certificado. Espero haber sido de utilidad
















d

Charro
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Re: CERTIFICADO ACTIVIDADES DEL CONDUCTOR

Mensajepor Charro » Mar Sep 06, 2011 3:17 pm

el tio de la jarra escribió:Con el certificado la han liado, la hemos liado, las interpretaciones que ha dado fomento son sólo interpretaciones de ámbito nacional, al salir a un país fuera del nuestro lleva todos los registros al pie de la letra del reglamento 561/2006 y no tendrás problemas, me intentaré explicar: Descanso semanal hasta 45 horas no es necesario aportar certificado de actividades, a partir de ahi siempre que no tengas las actividades realizadas incluido el descanso, registradas en el tacógrafo, te toca hacer el certificado. Espero haber sido de utilidad

















Por sí acaso, es Lo que estábamos haciendo, pero aún así, gracias.

anonimo

Re: CERTIFICADO ACTIVIDADES DEL CONDUCTOR

Mensajepor anonimo » Mar May 15, 2012 5:52 pm

anonimo.- En relación al certificado de actividades; efectivamente la normativa dice, (para no repetirla, que ya se ha repetido bastante), que en descansos semanales o diarios de hasta cuatro días, no sera preceptivo el correspondiente certificado, maxime cuando el vehículo no se ha movido, el autónomo ni pasando de los cuatro días en caso de no haber movido el vehículo y que sólamente dispongo de uno sólo, es decir, de un sólo vehículo, pues bien yo sigo sin enterarme, vamos a ver, pongo un ejemplo.- 1º) Un conductor que descansa 3 días en descanso semanal, (no autónomo) con un camión, dos supuestos el primero, que en esos trres días los kilómetros del veh´ciulo que controlo coincidan, pero el disco lo sacó y no registro descanso, los kilómetros con ese vehícujlo coinciden pero ¿ quien me dice que no ha cogido otro camión y ha conducido?, la normativa dice que estará exento hasta cuatro días siempre que la actividad quede debidamente registrzada porel tacógrafo, elñ disco lo sacó luego la actifvidad no la registró, no le exijo al conductor que se traslade al lugar en el que dejó el vehículo para cambiar el disco, simplemente que lo dejo puesto, marca´ra una linea longitudinal continua y su descanso queda grabado por el tacógrafo en el disco.( Casualmente he visto como un conductor llevaba en cuatro días un certificado de actividades por descanso y un disco con 600 kilómetros dentro de esos cuatro días. El autónomo igual yo no tengo el porque saber cuentos vehículos tiene un autónomo, y por que no el autónomo puede tenr un sólo camión, tenerlo parado y coger el vehículo de un amigo y trabajar durante X días echandole una mano. Pienso que el conductor que no tiene nada que esconder no le cuesta trabajo formalizar el cdertificado esté 2, 5, o 15 días parado, no necesito lque me justifique que ha estado descansando, necesito que me justifique que no condujo los días que ha estado parado, sobre esto hay muchas discrepancias y podríamos estar hablando de ello sin ponernos de acuerdo. Creo para todos aquellos que estamos interesados en el tema una lo mejor : Más de cuatro días Certificado de Actividades sea autónomo o no. Menos de cuatro días, si el disco o la tarjeta se queda dentro del tacógrafo y este registra la actividad que se le marque no hace falta, si se saca el disco o la tarjeta y no queda registrada por el tacógrafo la actividad, certifcado de actividades. Bueno eso estodo amigos suerte

Paquito

Re: CERTIFICADO ACTIVIDADES DEL CONDUCTOR

Mensajepor Paquito » Dom May 20, 2012 6:59 pm

Trabajo en una empresa en la que tenemos camiones que llevan tacógrafo y furgones que no. Generalmente yo conduzco uno de estos furgones pero una o dos veces al mes conduzco el camion.
Yo siempre tengo insertada la tarjeta en el tacógrafo del camion marcando descanso
Mi pregunta es,¿ el dia que conduzco el camion debo llevar un certificado de actividades para justificar los dias en los que conduzco el furgon o como la tarjeta del tacografo ya lleva registrado todo este periodo de tiempo como descanso no me hace falta este certificado?
Gracias

HOLA HOLITA
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Re: CERTIFICADO ACTIVIDADES DEL CONDUCTOR

Mensajepor HOLA HOLITA » Dom May 20, 2012 7:33 pm

En mi opinión no deberías dejar en el camión la tarjeta marcando el descanso ya que estás registrando y declarando un actividad que no desempeñas. Esta es la teoría pero en la práctica se suele hacer lo que tu haces y no he oído que nadie haya tenido algún problema al respecto ya que es muy difícil demostrar por la Administración y en carretera si los días anteriores has estado de descanso o conduciendo una furgoneta. Lo que sería peor que lo que estás haciendo, a mi juicio, es registrar el descanso por un lado, y hacer un certificado como que has desempeñado otra actividad ( conduciendo con la furgoneta ), ahí te podrían decir algo claramente por declarar dos cosas diferentes en un mismo espacio de tiempo, ya que tendrían pruebas de ello, aunque de momento no se meten mucho con eso tampoco.

Saluditos......

Paquito

Re: CERTIFICADO ACTIVIDADES DEL CONDUCTOR

Mensajepor Paquito » Lun May 21, 2012 12:57 pm

Entonces lo mejor sería que yo sacase la tarjeta del camion para que no me marque descanso y que los dias que tengo que conducir este camion lleve conmigo un certificado de actividades marcando la casilla 17( condujo un vehiculo excluido del reglamento 561).
Una cosa mas, este certificado solo justifica en carretera los 28 dias anteriores, ¿verdad?, es decir que si he estado por ejemplo 50 dias sin llevar el camion el dia que lo conduzca debo aportar el certificado solo de los ultimos 28 dias.
¿este certificado tambien lo tiene que guaradr la empresa durante un año?

HOLA HOLITA
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Re: CERTIFICADO ACTIVIDADES DEL CONDUCTOR

Mensajepor HOLA HOLITA » Lun May 21, 2012 5:58 pm

La respuesta a todas tus preguntas es sí, además decirte que no solo deberás certificar las conducciones con vehículos excluidos del reglamento sino el resto de actividades, bien con el certificado de actividades o con las entradas manuales del tacógrafo. En España te dejan cuatro días como mucho sin justificar actividades por lo que si solo efectúas tus actividades en España podrás acorgerte a ésto, más de cuatro días seguidos tienes que justificar obligatoriamente tus actividades.

Saluditos

pacopepe

Re: CERTIFICADO ACTIVIDADES DEL CONDUCTOR

Mensajepor pacopepe » Lun May 21, 2012 6:06 pm

anonimo escribió:anonimo.- En relación al certificado de actividades; efectivamente la normativa dice, (para no repetirla, que ya se ha repetido bastante), que en descansos semanales o diarios de hasta cuatro días, no sera preceptivo el correspondiente certificado, maxime cuando el vehículo no se ha movido, el autónomo ni pasando de los cuatro días en caso de no haber movido el vehículo y que sólamente dispongo de uno sólo, es decir, de un sólo vehículo, pues bien yo sigo sin enterarme, vamos a ver, pongo un ejemplo.- 1º) Un conductor que descansa 3 días en descanso semanal, (no autónomo) con un camión, dos supuestos el primero, que en esos trres días los kilómetros del veh´ciulo que controlo coincidan, pero el disco lo sacó y no registro descanso, los kilómetros con ese vehícujlo coinciden pero ¿ quien me dice que no ha cogido otro camión y ha conducido?, la normativa dice que estará exento hasta cuatro días siempre que la actividad quede debidamente registrzada porel tacógrafo, elñ disco lo sacó luego la actifvidad no la registró, no le exijo al conductor que se traslade al lugar en el que dejó el vehículo para cambiar el disco, simplemente que lo dejo puesto, marca´ra una linea longitudinal continua y su descanso queda grabado por el tacógrafo en el disco.( Casualmente he visto como un conductor llevaba en cuatro días un certificado de actividades por descanso y un disco con 600 kilómetros dentro de esos cuatro días. El autónomo igual yo no tengo el porque saber cuentos vehículos tiene un autónomo, y por que no el autónomo puede tenr un sólo camión, tenerlo parado y coger el vehículo de un amigo y trabajar durante X días echandole una mano. Pienso que el conductor que no tiene nada que esconder no le cuesta trabajo formalizar el cdertificado esté 2, 5, o 15 días parado, no necesito lque me justifique que ha estado descansando, necesito que me justifique que no condujo los días que ha estado parado, sobre esto hay muchas discrepancias y podríamos estar hablando de ello sin ponernos de acuerdo. Creo para todos aquellos que estamos interesados en el tema una lo mejor : Más de cuatro días Certificado de Actividades sea autónomo o no. Menos de cuatro días, si el disco o la tarjeta se queda dentro del tacógrafo y este registra la actividad que se le marque no hace falta, si se saca el disco o la tarjeta y no queda registrada por el tacógrafo la actividad, certifcado de actividades. Bueno eso estodo amigos suerte

bueno,visto asi como saber sin ninguna duda que el certificado no es falso..yo puedo tener el camion parado 5 dias conducir el de un amigo y hacer un certificado de estar descansando estamos en las mismas,no?¿?¿no creo que tengamos que buscarles los 3 pies al gato..

HOLA HOLITA
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Re: CERTIFICADO ACTIVIDADES DEL CONDUCTOR

Mensajepor HOLA HOLITA » Mar May 22, 2012 6:08 pm

Está claro que siempre se puede intentar tapar las cosas pero también ten en cuenta que si no respetas la legalidad lo más fácil es que te lo detecten, en tu caso el problema podrías tenerlo en esos 5 días conduciendo el vehículo de un amigo si te paran o te pasa algo con el vehículo, o si dentro del año Fomento llama a tu amigo y le pide datos de las fechas que tu has conducido....o se cruzan datos que tu declaras con datos que declara tu amigo...... pero claro, como tu dices, eso es buscarle tres pies al gato....

Saluditos.......

bobesponja
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Re: CERTIFICADO ACTIVIDADES DEL CONDUCTOR

Mensajepor bobesponja » Mié Ago 29, 2012 11:18 am

Hola a todos, alguien me sabría decir si fuera de España te aceptan un certificado de actividades enviado por fax o escaneado? Deberian tener en cuenta que si el conductor está en el extrangero es imposible entregarle una documentación en mano, en fin...

Gracias de antemano. :D

FERMINEITOR

Re: CERTIFICADO ACTIVIDADES DEL CONDUCTOR

Mensajepor FERMINEITOR » Jue Ago 30, 2012 5:44 pm

Las instrucciones y las referencias a aquellos Certificados de Actividades enviados por FAX, estás contempladas en un escrito y en unas instrucciones o procedimientos del MINISTERIO DE FOMENTO de España, y no vienen contempladas en ninguna normativa de rango legal INTERNACIONAL, y por eso no es seguro que en el resto de Europa se sigan los mismos procedimientos que en España.
En principio "deberian" respetar los procedimientos establecidos en España, pero no estan obligados.
La unica manera de enterarte fielmente es preguntar a la autoridad encargada de cada pais. La logica dice que si el conductor está alejado del domicilio de la empresa en un pais distino, y en el caso de aportar Certificado de Actividades, "deberian" aceptar el enviado por FAX.
Tambien existe la posibilidad de dejar insertada la Tarjeta de Conductor, y reseñar manualmente las actividades, para que no fuera del todo necesario e imperiosametne obligatorio el Certificado de Actividades, al poder probar que no ha realizado actividades distintas a las contempladas en el mismo.

HOLA HOLITA
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Re: CERTIFICADO ACTIVIDADES DEL CONDUCTOR

Mensajepor HOLA HOLITA » Jue Dic 13, 2012 7:04 pm

Tienes razón Fermineitor, la cosa está PREOCUPANTEMENTE tranquila, ni para preguntar que es GRATIS hay movimiento. Por tanto lanzo una pregunta que últimamente estoy dando vueltas a la cabeza y es como se tendría que hacer el certificado de actividades o las entradas manuales en el tacógrafo digital cuando he estado, por ejemplo, cinco dias, de lunes a Viernes conduciendo un vehículo excluido del reglamento.

1. Haciendo un certificado de actividades o entrada manual en el tacógrafo desde el lunes al viernes marcando la casilla 17 o marcando la actividad de "otros trabajos" en el tacógrafo digital, en cuyo caso a mi juicio no delimitaria los descansos diarios y no estaría bien del todo.
2. Haciendo un certificado por día marcando la hora de inicio y fin de la conducción o igualmente con las entradas manuales en el tacógrafo digital y así poder delimitar mis descansos diarios, a mi juicio esto seria al 100% correcto pero también al 100% mas complicado que el anterior.

Saluditosss.....

FERMINEITOR

Re: CERTIFICADO ACTIVIDADES DEL CONDUCTOR

Mensajepor FERMINEITOR » Dom Dic 16, 2012 11:47 am

Si de lunes a viernes has estado realizando conducciones con un vehículo exento, es eso exento de todo, de todo, de cumplimiento de tiempos de conducción y también de descanso. No tienes que justificar los descansos diarios de cada uno de los días.
Lo que tienes que hacer es un certificado referido a CINCO días de conducción exenta. No entres a nada mas, estas exento de todo.
Si no quieres hacer el certificado, también puedes hacerlo con las entradas manuales, y es lo mismo, marcarías que has estado los cinco dias en "OTROS TRABAJOS", porque es la única opción que te permite el tacógrafo, ya que no te deja marcar "conducción exenta".
Con cualquiera de las dos opciones estaría ajustado a la norma, en ningún sitio dice que tengas que justificar los descansos diarios, mas que nada por que no lo tienes que hacer

HOLA HOLITA
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Re: CERTIFICADO ACTIVIDADES DEL CONDUCTOR

Mensajepor HOLA HOLITA » Lun Dic 17, 2012 6:21 pm

Muchas gracias por tu contestación Fermineitor, entiendo tu argumentación pero ahora me surjen varias preguntas:

- ¿ cuando empieza a contar mi descanso semanal en el caso que he puesto ? el viernes cuando termino la conducción exenta o el Viernes anterior que terminé mi conducción con el digital, o sea todo el tiempo de Lunes a Viernes me cuenta como descanso u otros trabajos.
- ¿ Seguro que no me multará el agente si pongo en las entradas manuales del tacógrafo toda esa semana de otros trabajos, ya que no verá los descansos diarios y se fiará de mi palabra cuando le diga que conducí un vehículo exento ?
- ¿ Es verdad que la Administración Española solo cuenta la conducción y no se fija en la disponibilidad, otros trabajos y lo cuenta todo ésto como descanso y por tanto no habría ningún problema de ningún modo ?

P.D. no quiero enredar más la cosa pero es que cuanto mas estudio el tema más preguntas me surgen....será la edad.

Saluditossss.....

clasicos

Re: CERTIFICADO ACTIVIDADES DEL CONDUCTOR

Mensajepor clasicos » Jue Dic 27, 2012 8:57 pm

hola a todos y felices fiestas..
bueno por lo que yo e entendido si conduces 5 dias un veiculo exento y al sexto dia coges un vehiculo con tacografo y ya teniendo tu certificado en regla puedes conducir tus 45h semanales sin ningun problema verdad??
pues e estado haciendo el primo durante todo un año..jaja un dia si y otro no conduzco un camion desde madrid a barcelona y me llevan en coche desde ciudad real que es donde tenemos la base me dan el certificado de 2 horas conduciendo un vehiculo exento y yo creia que solo podia conducir despues 8h jaja joder que cagada..mas de 100 veces no fui a cargar por este fallo..en fin de estas se aprende..tengais todos una feliz 2013.


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