PARENTESCO CON LA DUEÑA DE LOS CAMIONES
-
jnavas
PARENTESCO CON LA DUEÑA DE LOS CAMIONES
Mi mujer es autonoma, tenemos tres camiones a nivel nacional con tres conductores, el problema viene cuando tengo que coger unos de los camiones, al ser conyuge no puedo tener nomina. ¿que documentos tengo que llevar para poder conducir el camion?, ¿si tengo que rellenar el certificado de actividades que casilla tendria que marcar?, en el supuesto que pueda dejar un disco dentro del tacografo, ¿cuantos dias podria tenerlo sin utilizar el camion sin tener que rellenar el certificado de actividades?. gracias y espero vuestras opiniones.
-
FERMINEITOR
Re: PARENTESCO CON LA DUEÑA DE LOS CAMIONES
En lo de la nomina no te puedo ayudar. Documentos creo que no tienes que llevar ninguno, puesto que en el transporte efectuado con vehiculos amparados con Autorizaciones de Servicio Publico, los conductores, no tienen que acreditar ningun tipo de relacion con la empresa titular, en lo concerniente a la normativa de Transprotes por Carretera, en relacion con la normativa de Trabajo y Seguridad Social, es otra historia, y ahi no te puedo ayudar, desconozco si en caso de ser requerido a una inspeccion debe la empresa acreditar tu contratacion o tu actividad, que por logica sera lo mas normal.
Como ya te digo, para conducir el camion, lo unico que actualmente tienes que tener, salvo novedades que no cuentas (CAP), solo se te puede requerir el Permiso de Conduccion.
Si tu mujer, la empresa,tiene que confeccionar un Certificado de Actividades, en relacion con un conductor, en este caso tu, la casilla a marcar, dependera de la actividad que hayas estado haciendo, en fechas anteriores, hay seis posibilidades.
Lo del disco es mas complicado. El certificado hay que confeccionarlo, siempre y cuando no se puedan probar las actividades realizadas por otros medios. Si tu dejas insertado un disco, independientemente de los dias que sean, y cuando vuelves a coger el camion, nadie ha movido el mismom, y en ese disco se ve que el vehiculo ha estado detenido, y por tanto estas probando tu actividad, DESCANSO, en ese periodo de tiempo, no debes de aportar certificado.
Si por el contrario, desde que hicieste el ultimo disco, realizas otras actividades distintas al descanso, o no es posible probar dicho descanso, y el periodo es superior a CUATRO DIAS, es cuando, la empresa, debe de aportar y entregarte el Certificado de Actividades.
Como ya te digo, para conducir el camion, lo unico que actualmente tienes que tener, salvo novedades que no cuentas (CAP), solo se te puede requerir el Permiso de Conduccion.
Si tu mujer, la empresa,tiene que confeccionar un Certificado de Actividades, en relacion con un conductor, en este caso tu, la casilla a marcar, dependera de la actividad que hayas estado haciendo, en fechas anteriores, hay seis posibilidades.
Lo del disco es mas complicado. El certificado hay que confeccionarlo, siempre y cuando no se puedan probar las actividades realizadas por otros medios. Si tu dejas insertado un disco, independientemente de los dias que sean, y cuando vuelves a coger el camion, nadie ha movido el mismom, y en ese disco se ve que el vehiculo ha estado detenido, y por tanto estas probando tu actividad, DESCANSO, en ese periodo de tiempo, no debes de aportar certificado.
Si por el contrario, desde que hicieste el ultimo disco, realizas otras actividades distintas al descanso, o no es posible probar dicho descanso, y el periodo es superior a CUATRO DIAS, es cuando, la empresa, debe de aportar y entregarte el Certificado de Actividades.
-
jnavas
Re: PARENTESCO CON LA DUEÑA DE LOS CAMIONES
Gracias por la informacion, pero lo que no tengo muy claro es cuando dejo puesto un disco sin que el camion se mueva cuantos dias pueden pasar sin tener que rellenar el certifiado de actividades, algunos transportistas dicen que solo son cuatro dias pero yo pienso que si el disco se abre y se cierra con el mismo nombre no deberia tener tiempo. por ejemplo si yo paro el camion el dia 1 y no lo cojo hasta el dia 20 con el mismo disco, a ejectos de trafico me cuenta como un disco aunque pasen veinte dias, o cuando te paren te piden discos o dias de trabajo, y si es el caso tendria que rellenar el cerciticado de actividades.
-
FERMINEITOR
Re: PARENTESCO CON LA DUEÑA DE LOS CAMIONES
En las instrucciones del Ministerio de Fomento, dice:
"El certificado de Activiades,no sera exigido para aquellas actividades que puedan ser registradas por el tacografo...
No se exigira certificado alguno en relacion con los periodos de descanso diario o semanales. En ningun caso, en los descanso semanales de hasta cuatro dias inclusive, debidamente registrados por el tacografo se exigira el certificado de actividades. No obstante, a partir de esos cuatro dias, el conductor podra voluntariamente aportar este, marcando la casillas 16 del mismo SI NO SE HUBIESE registrado tal perido en el tacografo".
Esto lo que quiere decir, es que si ha quedado registrado en el tacografo, bien en el disco de un analogico, porque no ha sido extraido y ha quedado registrado en el mismo todo el periodo de descanso, o bien en un digital, donde podemos ver que el periodo de descanso ha sido cumplido., NO ES NECESARIO APORTAR EL CERTIFICADO.
"El certificado de Activiades,no sera exigido para aquellas actividades que puedan ser registradas por el tacografo...
No se exigira certificado alguno en relacion con los periodos de descanso diario o semanales. En ningun caso, en los descanso semanales de hasta cuatro dias inclusive, debidamente registrados por el tacografo se exigira el certificado de actividades. No obstante, a partir de esos cuatro dias, el conductor podra voluntariamente aportar este, marcando la casillas 16 del mismo SI NO SE HUBIESE registrado tal perido en el tacografo".
Esto lo que quiere decir, es que si ha quedado registrado en el tacografo, bien en el disco de un analogico, porque no ha sido extraido y ha quedado registrado en el mismo todo el periodo de descanso, o bien en un digital, donde podemos ver que el periodo de descanso ha sido cumplido., NO ES NECESARIO APORTAR EL CERTIFICADO.
-
ar
Re: PARENTESCO CON LA DUEÑA DE LOS CAMIONES
Entonces Fermi si yo coloco una hoja el día 15.06.2010 y lo retiro el 30.06.2010 al registrar mi actividad ¿ estaría obligado a rellenar el certificado ? y por otra parte en el espacio reservado para especificar la fecha de antiguedad en la empresa que fecha pondría, se que puede ser irrelevante pero no deja de ser falsear datos, la fecha en en emparentó. esto último es de coña. Saludos.
Volver a “Sanciones tacógrafo”
¿Quién está conectado?
Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 4 invitados