NUEVA DUDA SOBRE EL DESCANSO Y LA TARJETA.
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HOLA Y NUEVA DUDA DE LA TARJETA Y DESCANSO......
NUEVA DUDA SOBRE EL DESCANSO Y LA TARJETA.
HOLA a todos de nuevo,,,,,, pues tengo una duda,,,,el otro dia conduci 4h y11minutos, llego a la base, le doy al boton de la cama y a los 22minutos de descanso me viene el jefe y me dice que ma vaya para casa que de momento no hay viaje y saco la tarjeta para llevarmela a casa. Aunque haya sacado la tarjeta me sigue constando descanso "verdad", si me paran algun agente consta en la tarjeta descanso "no", saludos a todos y gracias por vuestras respuestas.
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Pepiño Blanco
Re: NUEVA DUDA SOBRE EL DESCANSO Y LA TARJETA.
Según la instrucción 1/2010 no es necesario que demuestres en carretera el descanso diario y semanal. Una vez que sacas la tarjeta el tacógrafo marca como tiempo indeterminado, Cuando los inspectores, te miren la tarjeta ya ven que no hay actividad y salvo que tú hagas alguna anotación manual,que en tu caso creo que no tengas necesidad. Ya que finalizas jornada en la base, y no tienes que ir a buscar el camión a otra localidad diferente de tu domicilio y la empresa.
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IGNACIO
Re: NUEVA DUDA SOBRE EL DESCANSO Y LA TARJETA.
Pepiño Blanco escribió:Según la instrucción 1/2010 no es necesario que demuestres en carretera el descanso diario y semanal. Una vez que sacas la tarjeta el tacógrafo marca como tiempo indeterminado, Cuando los inspectores, te miren la tarjeta ya ven que no hay actividad y salvo que tú hagas alguna anotación manual,que en tu caso creo que no tengas necesidad. Ya que finalizas jornada en la base, y no tienes que ir a buscar el camión a otra localidad diferente de tu domicilio y la empresa.
hola pepiño, gracias por la respuesta, pero no entiendo eso de no ser nesesario demostar el descanso diario? si me paran le tendre que demostrar que llevo los descansos en regla no? respecto al sacar la tarjeta no se notaria el corte del descanso por verla sacado? de nuevo gracias.
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pepote blacote
Re: NUEVA DUDA SOBRE EL DESCANSO Y LA TARJETA.
Es lo que hay reconozco que no es muy entendible pero según esa instrucción no es necesario ni el diario ni el semanal.
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SPINO
Re: NUEVA DUDA SOBRE EL DESCANSO Y LA TARJETA.
IGNACIO escribió:Pepiño Blanco escribió:Según la instrucción 1/2010 no es necesario que demuestres en carretera el descanso diario y semanal. Una vez que sacas la tarjeta el tacógrafo marca como tiempo indeterminado, Cuando los inspectores, te miren la tarjeta ya ven que no hay actividad y salvo que tú hagas alguna anotación manual,que en tu caso creo que no tengas necesidad. Ya que finalizas jornada en la base, y no tienes que ir a buscar el camión a otra localidad diferente de tu domicilio y la empresa.
hola pepiño, gracias por la respuesta, pero no entiendo eso de no ser nesesario demostar el descanso diario? si me paran le tendre que demostrar que llevo los descansos en regla no? respecto al sacar la tarjeta no se notaria el corte del descanso por verla sacado? de nuevo gracias.
chico,cundo sacas la targeta ya demuestras que no trabajas.no te compliques.
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FERMINEITOR
Re: NUEVA DUDA SOBRE EL DESCANSO Y LA TARJETA.
Es muy sencillo. La normativa vigente al respecto, NO OBLIGA, a que se tengan que demostrar, ni con registros en discos, ni con memorias de las tarjetas o las VU, que un conductor ha estado en la actividad de DESCANSO, ni diario, ni semanal.
Esto lo que quiere decir, es que tienes la posibilidad de extraer del aparato de control, tanto el disco como la tarjeta, y por tanto no es obligatorio que el descanso esté registrado FISICAMENTE sobre el disco o memorizado como tal en la tarjeta.
Ahora bien, se podrá considerar como DESCANSO, tanto diario, como semanal, aquel periodo de tiempo que aunque no esté registrado, puesto que como decimos no es obligatorio, siempre y cuando tengan la duracion minima establecida, para dichos descansos.
La duracion MINIMA del descanso diario es de 9 h.
La duracion MINIMA del descanso semanal es de 24 h.
Esto quiere decir que si el periodo sin disco, o sin tarjeta, no llega al minimo establecido, si que hay que justificarlo, puesto que no puede considerarse como dichos descansos, que como ya te he dicho estaria exento de acreditacion.
Creo que se me entiende.
Esto lo que quiere decir, es que tienes la posibilidad de extraer del aparato de control, tanto el disco como la tarjeta, y por tanto no es obligatorio que el descanso esté registrado FISICAMENTE sobre el disco o memorizado como tal en la tarjeta.
Ahora bien, se podrá considerar como DESCANSO, tanto diario, como semanal, aquel periodo de tiempo que aunque no esté registrado, puesto que como decimos no es obligatorio, siempre y cuando tengan la duracion minima establecida, para dichos descansos.
La duracion MINIMA del descanso diario es de 9 h.
La duracion MINIMA del descanso semanal es de 24 h.
Esto quiere decir que si el periodo sin disco, o sin tarjeta, no llega al minimo establecido, si que hay que justificarlo, puesto que no puede considerarse como dichos descansos, que como ya te he dicho estaria exento de acreditacion.
Creo que se me entiende.
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