La espirala de la incumplimiento de la ley
Publicado: Lun Ene 24, 2011 8:35 pm
Aprovechando de el masivo acto de canjear permisos a los nuevos entrados en Europa ( Rumania y Bulgaria ) coroborado y con el masivo acceso a creditos hipotecarios sin verdadera solvencia, los empresarios se han dado los manos en empujar al trabajador a incumplir con el tacografo.
Coroborado y con el hecho que la misma ley es muy superficial se ha obtenido una espiral a nivel de masa en el incumplimiento. Hay bastantes empresas que hacen un molino de cambio de choferes, por 2-3-4 camiones al dia y el sabado una rotacion masiva mezcla todo de no entiende nada ningun control.
Denunciar, no srve nada. Los asesores no son tontos y todas las asesorias laborales son especializadas en dar consejos a las empresas como pueden violar los derechos, como pueden mancharse sin mancharse.
Las problemas de un chofer solo por un turno son formadas de un millon de minuciozidades. Nadie tiene tiempo escuchar lo que pasa un individo tan "menos importante" y fuera de esta bajo sospecha de subiectivismo.
Ademas, una de las condiciones mas importante la hora de escribir un CV es la "recomendacion de la ultima empresa". Otra cosa "muy buena" es que tu nu puedes parar cogiendo una decision unilateral.
Las "regulamentos interiores" son unos complementos fortes.
Pregunta mia es:
Tenemos aqui el "articulo 10", punto 2 de "capitulo 3 de la Ley 561.
" Las empresas de transporte organizarán el trabajo de los conductores mencionados en el apartado 1 de tal manera que éstos puedan respetar las disposiciones del Reglamento (CEE) no 3821/85 del Consejo y del capítulo II del presente Reglamento. Las empresas de transporte darán al conductor las instrucciones adecuadas y realizarán además controles regulares para garantizar el cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento (CEE) no 3821/85 y en el capítulo II del presente Reglamento."
El chofer no puede mover el camion ni solo 1 metro sin saber su empresa. Esta controlado siempre por el movil, por entradas y salidas de "cargas y descargas", por "espia-movil", por GPS, por camaras web. El chofer solo puede pisar el disco fuera de el saber de su empresa, solo robando el camion.
Sin existir ninguna reclamacion de robo, por que la responsabilidad se sube en la espalda de "el soldado" y no va a carcel "el Napoleon" ?
Pagando multas las empresas, lo sacan de nuestros bolsillos. Saben. Son expertos.
Y una pregunta mas. ¿ Porque la ley no preve "entrada" y "salida " de turno ( da igual cuanto esta de largo) por la puerta de la empresa, como cualquier otro trabajador ? Gracias.
Coroborado y con el hecho que la misma ley es muy superficial se ha obtenido una espiral a nivel de masa en el incumplimiento. Hay bastantes empresas que hacen un molino de cambio de choferes, por 2-3-4 camiones al dia y el sabado una rotacion masiva mezcla todo de no entiende nada ningun control.
Denunciar, no srve nada. Los asesores no son tontos y todas las asesorias laborales son especializadas en dar consejos a las empresas como pueden violar los derechos, como pueden mancharse sin mancharse.
Las problemas de un chofer solo por un turno son formadas de un millon de minuciozidades. Nadie tiene tiempo escuchar lo que pasa un individo tan "menos importante" y fuera de esta bajo sospecha de subiectivismo.
Ademas, una de las condiciones mas importante la hora de escribir un CV es la "recomendacion de la ultima empresa". Otra cosa "muy buena" es que tu nu puedes parar cogiendo una decision unilateral.
Las "regulamentos interiores" son unos complementos fortes.
Pregunta mia es:
Tenemos aqui el "articulo 10", punto 2 de "capitulo 3 de la Ley 561.
" Las empresas de transporte organizarán el trabajo de los conductores mencionados en el apartado 1 de tal manera que éstos puedan respetar las disposiciones del Reglamento (CEE) no 3821/85 del Consejo y del capítulo II del presente Reglamento. Las empresas de transporte darán al conductor las instrucciones adecuadas y realizarán además controles regulares para garantizar el cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento (CEE) no 3821/85 y en el capítulo II del presente Reglamento."
El chofer no puede mover el camion ni solo 1 metro sin saber su empresa. Esta controlado siempre por el movil, por entradas y salidas de "cargas y descargas", por "espia-movil", por GPS, por camaras web. El chofer solo puede pisar el disco fuera de el saber de su empresa, solo robando el camion.
Sin existir ninguna reclamacion de robo, por que la responsabilidad se sube en la espalda de "el soldado" y no va a carcel "el Napoleon" ?
Pagando multas las empresas, lo sacan de nuestros bolsillos. Saben. Son expertos.
Y una pregunta mas. ¿ Porque la ley no preve "entrada" y "salida " de turno ( da igual cuanto esta de largo) por la puerta de la empresa, como cualquier otro trabajador ? Gracias.