Buenas, esta es mi consulta. Hace "5 meses" tuve un control por parte de la guardia civil de trafico, estos detectaron unas anomalias en los tiempos de conduccion por los cuales me sacaron 2 tikets impresos de dichos dias. Uno con 10:32 min. y otro con 10:43 min., me comunicaron que eran faltas leves y en eso quedamos, se llevaron los tikets metieron su tarjeta como figurando el registro y se fueron sin mas, sin denunciarme ni dar entender de ello. Para sorpresa que hace un par de dias me vienen dos denuncias de sendos tikets por valor de 325€ cada una. Adjuntan un boletin de denuncia (copia para el denunciado) que no me redactaron para nada en su dia del cual yo no tengo original, ni constancia de que en ese momento me iban a denunciar. Y ahi va mi pregunta, ¿Es legal denunciar sin notificar al denunciante tanto por escrito o hablado?, ¿es legal tardar 5 meses en redactar y mandar una denuncia?.
Espero respuesta sin antes agradecer de antemano vuestra atencion.
Boletin de denuncia inexistente, pero denunciado
Re: Boletin de denuncia inexistente, pero denunciado
Hola Jesberu.
Ellos no son notificadores. Ellos dan cuenta a la Administración Competente (Consejería de Transportes de la respectiva CC.AA.). Entonces es la Administración la que, observados los tiques y la multa que los guardias les mandan, y si lo cree tipificado como denunciable, te NOTIFICA, y a partir de la fecha en la que recibes la carta empiezan a correr todos los plazos. Es la diferencia entre las multas de Transportes y las de Tráfico (en estas si que son notificadores y su palabra da fe probatoria). En las copias de multas que me han puesto, en la esquina inferior derecha pone "No presentar alegaciones o pliego de descargos hasta que no reciba la notificación de denuncia del órgano competente."
Preguntado al guardia por todo eso, me dijo poco más o menos lo que he puesto anteriormente.
De todos modos, hubiera sido un "detalle" por su parte que te hubieran dado una copia de la multa para que te hubieras podido ir haciendo tus "kábalas".
Ellos no son notificadores. Ellos dan cuenta a la Administración Competente (Consejería de Transportes de la respectiva CC.AA.). Entonces es la Administración la que, observados los tiques y la multa que los guardias les mandan, y si lo cree tipificado como denunciable, te NOTIFICA, y a partir de la fecha en la que recibes la carta empiezan a correr todos los plazos. Es la diferencia entre las multas de Transportes y las de Tráfico (en estas si que son notificadores y su palabra da fe probatoria). En las copias de multas que me han puesto, en la esquina inferior derecha pone "No presentar alegaciones o pliego de descargos hasta que no reciba la notificación de denuncia del órgano competente."
Preguntado al guardia por todo eso, me dijo poco más o menos lo que he puesto anteriormente.
De todos modos, hubiera sido un "detalle" por su parte que te hubieran dado una copia de la multa para que te hubieras podido ir haciendo tus "kábalas".
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FERMINEITOR
Re: Boletin de denuncia inexistente, pero denunciado
Como bien te han contestado ya, la NOTIFICACION, es la que hace el organo administrativo correspondiente, y como ya hemos hablado alguna vez, hay normas distintas, dependiendo de cada COMUNIDAD AUTONOMA, y los agentes, en unos sitios tienen unas instrucciones y en otros otras.
No hubiera estado de mas que te hubieran INFORMADO, que harían un boletin de denuncia dirigido a la CCAA, como bien te han dicho, pero eso tambien depende de cada uno. Hay que tener en cuenta que "supuestas" infracciones, una vez analizadas detenidamente por el inspector de la CCAA o por el agente, se descubre que no es tal infraccion y hay veces que no se instruyen algunos expedientes, y por eso puede que tampoco te dijeran nada, ya que además los excesos que tu detallas son LEVES, y ajustaditos al maximo.
No hubiera estado de mas que te hubieran INFORMADO, que harían un boletin de denuncia dirigido a la CCAA, como bien te han dicho, pero eso tambien depende de cada uno. Hay que tener en cuenta que "supuestas" infracciones, una vez analizadas detenidamente por el inspector de la CCAA o por el agente, se descubre que no es tal infraccion y hay veces que no se instruyen algunos expedientes, y por eso puede que tampoco te dijeran nada, ya que además los excesos que tu detallas son LEVES, y ajustaditos al maximo.
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