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DESCANSO REDUCIDO

Publicado: Mié Nov 09, 2011 12:00 pm
por gerniemon
hola me llamo Gerardo y soy conductor profesional de transporte de viajeros por carretera en ruta regular y tengo sobre los tiempos de descanso y este es mi horario:
lunes a viernes : de 7 de la mañana a 19.00 de la tarde
sábado de 9 de la mañana a 15,30 de la tarde
domingo 16,30 hasta 20,0
lunes de 7,00 hasta 19,30
el resto de la semana descanso hasta lunes siguiente

Mi pregunta es: Puedo hacer el descanso semanal reducido de 24 horas entre los periodos del sábado y domingo ya que son de 25 horas seguidas.
Cuando enpieza a contar el periodo de descanso semanal reducido ¿cuando paro el autobus? o cuando termina el periodo de descanso diario

Gracias espero vuestra contestación.

Re: DESCANSO REDUCIDO

Publicado: Jue Nov 10, 2011 6:24 pm
por HOLA HOLITA
Buenas gerniemon, la respuesta la tienes en el siguiente bloq:

http://tacograferos.blogspot.com/2011/0 ... manal.html

Saluditos ...

Re: DESCANSO REDUCIDO

Publicado: Vie Nov 11, 2011 12:47 pm
por Invitado
Gracias por tu informacion, pero en resumen, PUEDO TRABAJAR COMO ESPONGO EN EL CASO O NO..

Re: DESCANSO REDUCIDO

Publicado: Vie Nov 11, 2011 3:24 pm
por ortzi
Hola gerardo:

En mi opinion los descansos que citas son correctos, realizas 6 periodos de conduccion y un descanso semanal reducido de 25 horas. El domingo comenzaria otra semana ( semana flexible ) y el lunes finaliza, tras los cuales no conduces hasta el siguiente lunes, ( por lo que se realiza el d.s. Normal y se compensa, con creces, las horas a recuperar)
En cuanto a cuando comienza a computarse el d.s. entiendo que desde que finaliza la actividad del conductor, creo que los descansos semanales no deben venir precedidos por descansos diarios.
De todas formas agradeceria la opinion de algunos de los expertos foreros, no se si mi interpretacion es del todo correcta.

Un saludo

Re: DESCANSO REDUCIDO

Publicado: Vie Nov 11, 2011 4:35 pm
por FERMINEITOR
Las actividades que tu detallas, estan correctamente realizadas.
Despues de la actividad del sabado, y hasta que comienzas de nuevo el domingo, has realizado un total de 25 h. de descanso.
Dicho descanso, puede ser considerado como un DESCANSO SEMANAL, eso sí del tipo REDUCIDO.
Despues del ultimo descanso semanal, es decir desde las 7 de la mañana del lunes, dispones de SEIS PERIODOS DE 24 H., para realizar tus jornadas de trabajo, que pueden ser varias, y por supuesto pueden ser mas de SEIS JORNADAS DE CONDUCCION, y puedes estar hasta las 7 de la mañana del Domingo, sin descansar y comenzar el descanso semanal a las 7 de la mañana del domingo.

Tu como el domingo trabajas por la tarde, no estas en ese caso, y haces muy bien al adelantarte y hacer un descanso semanal reducido con anterioridad.

Lo que conduces el domingo, ya estaria dentro de otra "semana flexible", y como estas toda la semana siguiente si apenas actividad, ya tienes hecha la compensacion y cuando vuelvas a trabajar, comenzarias otra "semana flexible". Por "semana flexible", debes de entender el periodo de tiempo que hay entre un descanso semanal, y otro descanso semanal, y que no debe de ser superior a 6 jornadas de 24 h.

Tu semana flexible, es la que vá desde las 7 h. lunes, a las 7 h. domingo. En ese tiempo no puedes hacer mas de 56 h. de conduccion, y es cuando debes iniciar el descanso semanal, como mucho. Como tu lo haces antes, pues nada, sin problemas, has hecho tu descanso antes de lo que te obliga la ley.

Re: DESCANSO REDUCIDO

Publicado: Sab Nov 12, 2011 8:22 pm
por Invitado
Muchas gracias por vuestra contestaciones, me han servido de mucha ayuda.