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Se puede sancionar por acompañante en MPC

Publicado: Vie Dic 02, 2011 6:34 pm
por Lucio
Hola : es la primera vez que escribo pero si suelo leer vuestro foro.Se puede sancionar a un conductor que compra un camión que va buscar a Madrid y aun amigo suyo porque cuando vienen de regreso, el camión era de una empresa de MPC trae solo una fatura de compra-venta,el que conducia el vehiculo no lleva certificado de actividades 2001€ aunque es un conductor esporadico pues no cunduce habitualmente vale lo entiendo pero el amigo que le acompañaba que no tiene nada que ver laboralmente con ninguno de los dos le sancionan con 3301€ por no llevar insertado su disco y 2001€ por no llevar el certificado de actividades el art 102d de la LOTT dice para los transportes MPC los vehículos deben ir en todo caso conducidos por el personal propio de la empresa o establecimiento, el titular del vehiculo mientras no se haga la transferencia sigue siendo la empresa MPC.
Y siguiendo con el de acompañante pero en un transporte público según leo en el foro por los expertos que por las contestaciones que dan no tengo ninguna duda que lo son, decis que aunque no tenga ninguna relación con la empresa que si debe insertar el disco o la tarjeta y eso no le traera consecuencias a la empresa según el art.10 del 561 y por ultimo y en un autobus si viajan 5 conductores dos llevan los discos insertados los otros tres deberian llevarlos tambien cubiertos.perdon por extenderme tanto gracias

Re: Se puede sancionar por acompañante en MPC

Publicado: Sab Dic 03, 2011 12:01 am
por FERMINEITOR
En poco rato has puesto muchas cosas y un poco liadas.
Todo conductor que se encuentre a bordo de un vehiculo dotado de tacografo, tienne la oblicacion de acreditar sus actividades en el dia en curso y en los 28 dias anteriores. Eso es resumido, lo que dice la norma.
Si viajas a bordo de un camion, debes de insertar tu disco o tu tarjeta, para acreditar sus movimientos y tus desplazamientos, asi como tus ACTIVIDADES, que es lo mas importante. Cuando vas en el asiento del pasajero, tambien estás haciendo algo, estas en DISPONIBILIDAD, no estas DESCANSANDO.
Rara vez se puede considerar que un conductor profesional viaja como mero PASAJERO, pero puede ser.

En relacion con el vehiculo de MMPP, es mas dificil. En un vehiculo que transporte MMPP, no pueden viajar nadie que no forme parte de la TRIPULACION o que sea necesario para las labores de CARGA Y DESCARGA de las mercancias, y siempre que pertenezca a la empresa. Por viajar, no pude ni el Consejero de Seguridad de la Empresa, porque no es parte dela tripulacion, ni es necesario para las labores de carga y descarga.

Ahora anda rondando por ahí un nuevo proyecto, en el que se trata de dilucidar si el mero hecho de ir en un camion hace obligatorio el insertar la tarjeta, y sobre todo en aquellos casos en los que se tiene la certeza de que no se va a hacer cargo del vehiculo, ya veremos en que queda todo.

Re: Se puede sancionar por acompañante en MPC

Publicado: Lun Dic 05, 2011 12:49 pm
por Lucio
Fermineitor gracias por contestar perdonar por liarlo tanto lo voy a explicar mejor:
Mi primera pregunta es si en un camión de MPC puede insertar una tarjeta una persona que va en ese camión y no tiene relación con la empresa,segun el art 102d de la LOTT yo entiendo que no, pero si te sancionan por no insertar el disco o la tarjeta como en el caso he que puesto en el anterior pos por eso mi duda.
La segunda pregunta es si se podia hacer lo mismo insertar una tarjeta en un vehiculo público, si no tiene relación laboral con la empresa ,estoy de acuerdo que hay registrar las actividades, pero si no puedo insertar la tajeta en una empresa en la que no tengo relación laboral que esa es mi duda, el tacógrafo digital me permite realizar entradas adicionales y el analógico anotaciones en el reverso del disco,pues si yo dejo un autobus en Madrid que va ser conducido por un compañero y por lo tanto no puedo dejar mi tarjeta y regreso a mi casa en Leon en avion esa anotacion la tengo que hacer igual como disponibilidad.
y la ultima pregunta es si vamos cinco compañeros de trabajo en un autobus de la empresa en una cena de empresa por ejemplo dos llevarimos los discos o tarjetas insertadas pero los otros tres¿ tendriamos que sacar tickets o cubrir los discos? gracias