creeis que esta bien redactada.

Todo tipo de sanciones relacionadas con el tacógrafo.
fccvalverdes

creeis que esta bien redactada.

Mensajepor fccvalverdes » Mar Abr 10, 2012 8:44 pm

hola muy buenas soy nuevo por aqui, espero me ayudeis gracias. este es el relato del señor agente: la carencia de hojas de registro del aparato de control de la tarjeta del conductor o de los documentos impresos obligatorios que exista obligacion de llevar en el vehiculo. Lleva los discos hasta el 26-05-2011 no presentando ceertificado de actividades del decreto tal ytal.
bueno aclaro yo ahora el conductor empieza a ttrabajar el dia 26-05-2011 y le paran y ocurre esto el 04-06-2011 le piden discos anteriores al dia del comienzo del ttrabajo, el conductor le dice que ha empezado a trabajar el dia 26 y que el no tiene mas discos, entonces le pide certificado de actividades no lo lleva por supuesto por que yo no sabia ni de la existencia de ese documento claro esta. Yo lo que veo mal redactado es que el agente pone como podreis apreciar arriba que lleva discos hasta el 26 yo estoy en desacuerdo por que no es hasta seria desde el 26, ¿ no creeis?. aclaro que la empresa es agrcola y ganadera con tarjeta de transporte mercancias propias. ya he aportado en un recurso el alta de la seguridad socal , comunicacion de contrato, tc 2 y copias de discos diagrama desde el 26 hasta el 4 del proximo mes.
COMO LO VEIS PUEDO CONSEGUIR ALGO ESPERO RESPUESTAS MUCHAS GRACIAS .

purico
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Re: creeis que esta bien redactada.

Mensajepor purico » Mié Abr 11, 2012 4:09 pm

En este caso,si empiezas a trabajar el dia 26 de mayo,deberias haber llevado consuguo una copia del contrato de trabajo y en este caso si le presentastes todos los discos hasta el dia en que te parò no te hubiera denunciado,ya que antes del dia 26 tu no tenias relacion con esa empresa,otra cosa seria que antes del dia 26 hubieras estado trabajando con otra empresa y en este caso tendrias que aportar los discos o certificados actividades que te cojieran hasta los 28 dias atras desde el dia que te pararon.Espero haberte aclarado algo .Saludos

Coterobike
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Re: creeis que esta bien redactada.

Mensajepor Coterobike » Mié Abr 11, 2012 4:57 pm

El conductor está obligado a justificar los 28 últimos dias. Teniendo en cuenta que dicho conductor lleva menos de 28 dias en la empresa los debía de haber completado con el certificado de actividades hasta alcanzar los mencionados 28 días y señalando la casilla 18 del certificado de actividades. No obstante, esperemos las respuesta de los fenómenos...........

Un saludo desde Huelva...

FERMINEITOR

Re: creeis que esta bien redactada.

Mensajepor FERMINEITOR » Jue Abr 12, 2012 8:17 pm

Independientemente de si está bien o mal redactada por parte del agente, el hecho que se denuncia es bastante claro, y es por no acreditar las actividades del conductor, con anterioridad al 26-05-2011, y eso no lo desvirtua el que el agente no haya sabido redactarlo del todo bien.
La infraccion es por no aportar ningun medio que justifique sus actividades con anterioridad al 26-05-2011, como la inspeccion se realizó el 04-06-2011, debia acreditar las actividades realizada desde el dia 07-05-2011, hasta dicho dia.
La obligacion abarca el dia en curso, y los 28 dias anteriores.
Si con anterioridad al dia 26-05-2011, estuvo en otra empresa los discos. Si estuvo desempleado, el certificado de actividades señalando la casilla "permiso o descanso".
Espero haberte ayudado.


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