NUEVO MANUAL OFICIAL TIEMPOS DE CONDUCCIÓN Y DESCANSO
Re: NUEVO MANUAL OFICIAL TIEMPOS DE CONDUCCIÓN Y DESCANSO
Buenas tardes a Tod@s
Excelente aportación.
En mi opinión, esto no hace nada más que confirmar lo que ya se hablaba en "petit comite" en los distintos foros de controladores.
No es nada nuevo, es sólo la confirmación de la norma "madre" el Rgtº 561/2006, aplica el 561 "puro" y "duro"...lo de la "semana flexible" es típicamente "spanish"...esperaremos acontecimientos.
Un saludo
Amig@s
Excelente aportación.
En mi opinión, esto no hace nada más que confirmar lo que ya se hablaba en "petit comite" en los distintos foros de controladores.
No es nada nuevo, es sólo la confirmación de la norma "madre" el Rgtº 561/2006, aplica el 561 "puro" y "duro"...lo de la "semana flexible" es típicamente "spanish"...esperaremos acontecimientos.
Un saludo
Amig@s
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Re: NUEVO MANUAL OFICIAL TIEMPOS DE CONDUCCIÓN Y DESCANSO
Hace ya unas semanas mande el siguiente email a Fomento:
Buenos días,
Tenía una duda, he visto el manual que les adjunto, sacado de la pagina de la Fundacion Francisco Corell de la presentacion del seminario "NUEVAS TECNOLOGIAS DE CONTROL Y GESTIÓN DE TIEMPOS DE CONDUCCIÓN Y DESCANSO. TACÓGRAFO DIGITAL Y SISTEMA DE GESTIÓN" del día 17/04/12 y mi pregunta es si podemos aplicar ya lo que se expone en la misma o ahi que esperar, a mi juicio, a la reforma de la lott ya que este manual se refiere a las nuevas novedades de la misma. Sobre todo me interesaba saberlo para poder recomendar a mis clientes de mi centro técnico que normas tienen que seguir sobre todo en lo referente a lo expuesto en este manual que:
- Establece claramente que no hay semana flexible y que las dos semanas consecutivas para el computo de los descansos semanales son semanas fijas, al contrario que en la circular colgada en Fomento.es
- Establece claramente que se pueden hacer dos descansos semanales reducidos consecutivos, al contrario que en la circula colgada en Fomento.es
Por lo contrario veo una errata o contradicción con el reglamento y es en la página 26 donde dice " un conductor ´comenzará un nuevo periodo´de conducción si toma una pausa de 45 minutos ( o pausas menores que totalicen 45 minutos antes o al final de un periodo de conducción de 4.5 horas )" Entonces si hago 15 + 15 + 15 según esto sería correcto.
Sin otro particular y dándoles las gracias de antemano, le saluda atentamente,
A lo que me han respondido lo siguiente hoy mismo:
En relación al correo electrónico enviado por usted le indicamos lo siguiente:
En relación a la primera pregunta es cierto lo de las semanas fijas. En cuanto a los dos descansos reducidos NO dice eso; expresa que en la misma semana natural (fija) pueden coincidir dos descansos semanales reducidos, pero NO en semanas diferentes. El Reglamento dice: en dos semanas consecutivas no puede haber dos descansos reducidos. Se puede dar la paradoja que cuando en una semana natural, de 00:00 h del lunes a las 00:00 h del siguiente lunes se realicen, por ejemplo, dos descansos de 30 h (totalizando 60 de descanso en la semana) al contar los seis periodos de 24 horas para hacer comenzar el siguiente descanso semanal. Por tanto no se puede sancionar por dos descansos reducidos consecutivos, pues el Reglamento expresa descansos reducidos en semanas consecutivas, y esto no se ha producido.
No hay contradicción, la contradicción vendría por la sentencia del Tribunal de Luxemburgo sobre el caso Charlton que determina que el periodo de conducción ininterrumpida volverá a comenzar cuando haya una pausa continua de al menos 45 minutos, sea cual sea el tiempo de conducción hasta ese momento: puede ser de, por ejemplo 3 horas. También afirma que cuando se llegue a esos 45 minutos en forma fraccionada, la sentencia al referirse al Reglamento 3820/86 dice 15+15+15, paro hoy con el Reglamento 561/2006, estos descansos fraccionados deben entenderse, según la Comisión de la UE, como al menos 15 m. el primero y al menos 30 m. el segundo.
Por tanto fomento recula y confirma que estas dos interpretaciones que hacia del reglamento no se ajustaban al mismo y confirma mis sospechas, desaparece el concepto de semana laboral o flexible y se puede hacer dos descansos reducidos seguidos siempre y cuando en dos semanas consecutivas haya al menos uno normal y otro reducido.
En cuanto a la última cuestión sigo creyendo que lo que pone en el manual puede llevar a equivocos aunque en el email aclara que es 15 + 30 y el contador a cero cuando se hace el descanso correcto ya que la sentencia que menciona, la cual está colgada por mi en este foro en el tema " debate sobre la pausa fraccionada" dicto jurisprudencia.
Saluditos......
Buenos días,
Tenía una duda, he visto el manual que les adjunto, sacado de la pagina de la Fundacion Francisco Corell de la presentacion del seminario "NUEVAS TECNOLOGIAS DE CONTROL Y GESTIÓN DE TIEMPOS DE CONDUCCIÓN Y DESCANSO. TACÓGRAFO DIGITAL Y SISTEMA DE GESTIÓN" del día 17/04/12 y mi pregunta es si podemos aplicar ya lo que se expone en la misma o ahi que esperar, a mi juicio, a la reforma de la lott ya que este manual se refiere a las nuevas novedades de la misma. Sobre todo me interesaba saberlo para poder recomendar a mis clientes de mi centro técnico que normas tienen que seguir sobre todo en lo referente a lo expuesto en este manual que:
- Establece claramente que no hay semana flexible y que las dos semanas consecutivas para el computo de los descansos semanales son semanas fijas, al contrario que en la circular colgada en Fomento.es
- Establece claramente que se pueden hacer dos descansos semanales reducidos consecutivos, al contrario que en la circula colgada en Fomento.es
Por lo contrario veo una errata o contradicción con el reglamento y es en la página 26 donde dice " un conductor ´comenzará un nuevo periodo´de conducción si toma una pausa de 45 minutos ( o pausas menores que totalicen 45 minutos antes o al final de un periodo de conducción de 4.5 horas )" Entonces si hago 15 + 15 + 15 según esto sería correcto.
Sin otro particular y dándoles las gracias de antemano, le saluda atentamente,
A lo que me han respondido lo siguiente hoy mismo:
En relación al correo electrónico enviado por usted le indicamos lo siguiente:
En relación a la primera pregunta es cierto lo de las semanas fijas. En cuanto a los dos descansos reducidos NO dice eso; expresa que en la misma semana natural (fija) pueden coincidir dos descansos semanales reducidos, pero NO en semanas diferentes. El Reglamento dice: en dos semanas consecutivas no puede haber dos descansos reducidos. Se puede dar la paradoja que cuando en una semana natural, de 00:00 h del lunes a las 00:00 h del siguiente lunes se realicen, por ejemplo, dos descansos de 30 h (totalizando 60 de descanso en la semana) al contar los seis periodos de 24 horas para hacer comenzar el siguiente descanso semanal. Por tanto no se puede sancionar por dos descansos reducidos consecutivos, pues el Reglamento expresa descansos reducidos en semanas consecutivas, y esto no se ha producido.
No hay contradicción, la contradicción vendría por la sentencia del Tribunal de Luxemburgo sobre el caso Charlton que determina que el periodo de conducción ininterrumpida volverá a comenzar cuando haya una pausa continua de al menos 45 minutos, sea cual sea el tiempo de conducción hasta ese momento: puede ser de, por ejemplo 3 horas. También afirma que cuando se llegue a esos 45 minutos en forma fraccionada, la sentencia al referirse al Reglamento 3820/86 dice 15+15+15, paro hoy con el Reglamento 561/2006, estos descansos fraccionados deben entenderse, según la Comisión de la UE, como al menos 15 m. el primero y al menos 30 m. el segundo.
Por tanto fomento recula y confirma que estas dos interpretaciones que hacia del reglamento no se ajustaban al mismo y confirma mis sospechas, desaparece el concepto de semana laboral o flexible y se puede hacer dos descansos reducidos seguidos siempre y cuando en dos semanas consecutivas haya al menos uno normal y otro reducido.
En cuanto a la última cuestión sigo creyendo que lo que pone en el manual puede llevar a equivocos aunque en el email aclara que es 15 + 30 y el contador a cero cuando se hace el descanso correcto ya que la sentencia que menciona, la cual está colgada por mi en este foro en el tema " debate sobre la pausa fraccionada" dicto jurisprudencia.
Saluditos......
Re: NUEVO MANUAL OFICIAL TIEMPOS DE CONDUCCIÓN Y DESCANSO
Buenas tardes Hola Holita:
En primer lugar felicitarte por tú aportación y preocupación por la formación ,y en segundo lugar saber si estos son los criterios que ya se estan aplicando actualmente pues a decir verdad me preocupa un poco, tengo clarisimo que las horas de conducción son en una semana natural o fija , incluso puedo entender lo de los dos descansos semanales reducidos seguidas, porque efectivamente dice en dos semanas consecutivas no puede haber dos descansos reducidos no dice nada dentro de la misma semana aunque yo entendía que no podian ser seguidos aunque fueran en la misma semana,pero lo que me descoloca un poco es lo de la compensación del descanso semanal que viene en la página 45 si ese ejemplo esta bien me parece que esta contando para hacer la compensación semanas fijas que es lo que dice el Reglamento antes de que finalice la TERCERA SEMANA a la que hice la redución, pero yo ahi si que contaba para hacer la compensación por semana flexible es decir en el ejemplo que aparece en la página hay un descanso REDUCIDO ,despues hay 4 periodos de 24 horas descanso norma 1ª semanal, 6 periodos de 24 horas descanso reducido 2ºsemana y despues otros 6 periodos de 24 horas descanso y compensación pero interpretando como semana flexible la compensacion tendria que comenzarla antes del sesto día ,pero si lo haces como semana natural en el ejemplo que la S en rojo debe ser domingo está perfectamente está la compensación y el descanso antes de que finalice la tercera semana ,por lo tanto si ya se aplica este criterio todo es semana natural y tenemos que olvidarnos de la semana flexible incluso para lo del descanso.
un saludo
En primer lugar felicitarte por tú aportación y preocupación por la formación ,y en segundo lugar saber si estos son los criterios que ya se estan aplicando actualmente pues a decir verdad me preocupa un poco, tengo clarisimo que las horas de conducción son en una semana natural o fija , incluso puedo entender lo de los dos descansos semanales reducidos seguidas, porque efectivamente dice en dos semanas consecutivas no puede haber dos descansos reducidos no dice nada dentro de la misma semana aunque yo entendía que no podian ser seguidos aunque fueran en la misma semana,pero lo que me descoloca un poco es lo de la compensación del descanso semanal que viene en la página 45 si ese ejemplo esta bien me parece que esta contando para hacer la compensación semanas fijas que es lo que dice el Reglamento antes de que finalice la TERCERA SEMANA a la que hice la redución, pero yo ahi si que contaba para hacer la compensación por semana flexible es decir en el ejemplo que aparece en la página hay un descanso REDUCIDO ,despues hay 4 periodos de 24 horas descanso norma 1ª semanal, 6 periodos de 24 horas descanso reducido 2ºsemana y despues otros 6 periodos de 24 horas descanso y compensación pero interpretando como semana flexible la compensacion tendria que comenzarla antes del sesto día ,pero si lo haces como semana natural en el ejemplo que la S en rojo debe ser domingo está perfectamente está la compensación y el descanso antes de que finalice la tercera semana ,por lo tanto si ya se aplica este criterio todo es semana natural y tenemos que olvidarnos de la semana flexible incluso para lo del descanso.
un saludo
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Re: NUEVO MANUAL OFICIAL TIEMPOS DE CONDUCCIÓN Y DESCANSO
Efectivamente lucio, olvidate de la semana flexible para todo....
saluditossssssssss.........
saluditossssssssss.........
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- Registrado: Vie Ago 06, 2010 5:57 pm
Re: NUEVO MANUAL OFICIAL TIEMPOS DE CONDUCCIÓN Y DESCANSO
Buenas tardes,
Os cuelgo de nuevo el manual para los que no les habéis echado un vistazo.
P.D. Y para los que sí tampoco viene mal repasarlo que es gratis.
Saluditos.....
Os cuelgo de nuevo el manual para los que no les habéis echado un vistazo.
P.D. Y para los que sí tampoco viene mal repasarlo que es gratis.
Saluditos.....
- Adjuntos
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- MANUAL 2012.rar
- (1.79 MiB) Descargado 564 veces
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- Registrado: Sab Ene 15, 2011 7:10 pm
Re: NUEVO MANUAL OFICIAL TIEMPOS DE CONDUCCIÓN Y DESCANSO
Este manual es perfecto.............. pero como siempre hay que ponerle un "pero" ¿ porqué c.....ones ponen los ejemplos en inglés?. Esta publicación no va dirigida a los españoles?...... No la publica Ministerio de Fomento............. no entiendo lo de los ejemplos en inglés.... De acuerdo que yo debería de saber algo de inglés (soy de francés), pero hasta que Gibraltar no sea español no me apunto a clases de inglés.
Saludos desde Huelva
Saludos desde Huelva
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Re: NUEVO MANUAL OFICIAL TIEMPOS DE CONDUCCIÓN Y DESCANSO
Coterobike, ahí estoy contigo majete......
Re: NUEVO MANUAL OFICIAL TIEMPOS DE CONDUCCIÓN Y DESCANSO
Yo creo Hola Holita, que habrá que esperar a que el Ministerio de Fomento publique esta futura actualización. Que yo sepa, a dia de hoy el único criterio de interpretación oficial es la instrucción 1/2010.
Un saludo
Un saludo
Re: NUEVO MANUAL OFICIAL TIEMPOS DE CONDUCCIÓN Y DESCANSO
Como puedo ver este manual no puedo localizarlo. Gracias
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Re: NUEVO MANUAL OFICIAL TIEMPOS DE CONDUCCIÓN Y DESCANSO
Lo tienes en el apunte de mas arriba en el archivo adjunto "manual.rar" teniendolo que descomprimirlo con el programa winrar por ejemplo, sino pulsa en el enlace siguiente y verás el manual directamente:
http://www.tacografodigital.com/datos/manual.pdf
Saluditossss.....
http://www.tacografodigital.com/datos/manual.pdf
Saluditossss.....
Re: NUEVO MANUAL OFICIAL TIEMPOS DE CONDUCCIÓN Y DESCANSO
Me gustaría echarle un vistazo pero no funciona el link, me podéis ayudar a conseguirlo????
uN SALUDO
uN SALUDO
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Re: NUEVO MANUAL OFICIAL TIEMPOS DE CONDUCCIÓN Y DESCANSO
A mí me funciona perfectamente, a alguien más no le funciona?
También puedes poner tu email y te lo mando.
Saluditossss....
También puedes poner tu email y te lo mando.
Saluditossss....
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