tiempo de conduccion

Todo tipo de sanciones relacionadas con el tacógrafo.
andres43

tiempo de conduccion

Mensajepor andres43 » Mar Jun 26, 2012 8:33 pm

Quería consultar una duda que tengo.
En preguntas anteriores se ha respondido que esas pequeñas interrupciones a la conduccion de 6 o 7 minutos para por ejemplo descargar no se consideraban conduccion pero tampoco descanso porque no llegaban a los 15 minutos minimos.
Mi pregunta es que si cuando voy conduciendo y pillo un atasco y estoy parado por ejemplo tambien 6 o 7 minutos sin mover el camion, ¿este tiempo se considera conduccion o como mientras estoy atascado y las ruedas no se mueven y mi tacografo marca otros trabajos este tiempo no se cuenta como conduccion?

¿que pasaria si el tacografo del camion que conduzco cuando me detengo marcase descanso y por ejemplo estuviese sin moverme en la carretera un tiempo superior a 15 minutos? ¿valdría este periodo de tiempo como descanso aunque estoy en mitad de la carretera?

Muchas gracias. Esta página sirve de gran ayuda

rmvtrans@terra.es

Re: tiempo de conduccion

Mensajepor rmvtrans@terra.es » Mar Jun 26, 2012 10:54 pm

Buenos Días:
La instrucción 1/2010 dice que las interrupciones en el descanso diario de hasta 15 minutos o que juntas no superen los 15 minutos, no interrumpen este descanso pero te cuenta como conducción.
A lo que preguntas, cuando conduces en todo caso te cuenta como conducción y esos minutos suman.

A lo segundo que preguntas, si estás parado 15 minutos y el tacógrafo te marca descanso es improbable que te puedan demostrar que has estado disponible.

Otro error muy común, es no contabilizar los excesos tolerados sobre la conducción diaria, hemos de tenerlos en cuenta sobre la conducción semanal y bisemanal.
Me explico si una jornada haces 9 horas y 10 minutos es fácil que no te sancionen y a efectos (Sólo España) te cuente como jornada de 9 horas pero cuando hagas el computo de la conducción semanal ten en cuenta esos minutos ¨robados¨

Suerte para soportar la crisis.

HOLA HOLITA
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Re: tiempo de conduccion

Mensajepor HOLA HOLITA » Mié Jun 27, 2012 4:16 pm

Me gustaría puntualizar tu opinión rmvtrans@terra.es ya que no estoy de acuerdo, la circular dice exactamente que "No se considerará interrumpido un descanso diario cuando se produzcan pequeñas conducciones cuya suma sea inferior a 15 minutos" y creo que no es exactamente a lo que se refiere Andres43 en su pregunta. También tú Andres43 has mezclado una cosa con otra, este apunte se refiere al descanso diario y no a la conducción. Te contará como conducción todo minuto que contenga alguna conducción y además cuando estés parado después de una conducción durante menos de dos minutos. Esto es para registrar los semáforos y atascos como conducción, ya que normalmente estarás menos de dos minutos parado y por tanto te contará todo como conducción, pero si estás más de dos minutos parado te contará como otros trabajos o como tu lleves seleccionado o selecciones la actividad en el tacógrafo, recuerda que cuando estás parado tu puedes seleccionar la actividad que estás desempeñando ya que el tacógrafo, de momento, no tiene ojos para ver lo que haces.

También recordaros que la normativa sobre el registro de las actividades, entre ellas la de conducción, cambió en octubre de 2011 por lo que los tacógrafos de esta fecha registran de otra forma las conducciones por lo que depende del tacógrafo que tengas lo registrará de una u otra forma. Compruebe con los tickets lo que registra tu tacógrafo con el volante y eso es lo que va a misa, o sea, lo que te contará como conducción. Lo mejor también seria que te leyeras desde la primera página hasta la última del manual de tu tacógrafo, ya que como te dije antes depende del tacógrafo que tengas registrará tus conducciones de una forma u otra.

Por tanto la respuesta a tu primera pregunta es que esos seis o siete minutos te contarán como otros trabajos y no como conducción y la respuesta a tu segunda pregunta es que es poco probable pero no me atrevo a decirte que imposible ya que recuerda que no es lo reglamentario.

Saluditosssssss.......

andres43

Re: tiempo de conduccion

Mensajepor andres43 » Mié Jun 27, 2012 4:54 pm

Muchas gracias por vuestras respuestas.
De todas formas creo como Hola Holita en el asunto de que en la circular 1/2010 lo que dice es que las interrupciones al descanso que no sumen un tiempo superior a 15 minutos no se considerara que se interrumpe el descanso diario.
Tambien pienso que esos pequeños parones de 5 o 10 minutos que se realizan continuamente para descargar no se contabilizan como descanso ya que no llegan a los 15 minutos minimos pero tampoco son conduccion ya que no estoy conduciendo. ( aunque mucha gente por ahí no lo tiene claro y cree que tambien se cuenta como conducción)
Lo que he entendido de tu respuesta es que en cada minuto que haya conduccion se cuenta como minuto conducido y ademas si estoy parado en un atasco o semaforo un tiempo inferior a 2 minutos tambien se contará como conduccion ya que en los minutos anteriores he estado conduciendo. Si ya estuviese parado mas de 2 minutos se contabilizaria como descanso u otros trabajos( segun tacógrafo) o bien lo que yo haya seleccionado.

Esto no lo habia oido nunca ni lo encuentro ni en el reglamento 561 ni en la circular de fomento.
Muchas gracias, sois de gran ayuda

HOLA HOLITA
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Re: tiempo de conduccion

Mensajepor HOLA HOLITA » Jue Jun 28, 2012 5:38 pm

Exactamente Andres43, lo has entendido a la perfección. Lo tienes en el reglamento 3821/85 que te adjunto en la página 36 del pdf ( 35 del reglamento ) en su punto número 4.

http://www.tacografodigital.com/datos/R ... 821-85.pdf

Y como dije en mi anterior apunte luego este reglamento se modificó en parte por el reglamento 1266-2009, que también te adjunto, donde se cambian algunas formas en las que el tacógrafo registra la conducción, la llamada "regla del minuto", lo verás en la página 7 apartado 3.5. Con esta nueva legislación que entró en vigor a partir de octubre de 2011 los tacógrafos que se montan a partir de esta fecha registran los tiempos de conducción a la baja con el ahorro correspondiente, por ello que te digo que mires el tickets y eso es lo que realmente vale.

http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/Lex ... 023:ES:PDF

Saluditosssssss España..............

andres43

Re: tiempo de conduccion

Mensajepor andres43 » Dom Jul 01, 2012 5:23 pm

Muchas gracias por la informacion. Ahora me queda todo muchomas claro.

rmvtrans@terra.es

Re: tiempo de conduccion

Mensajepor rmvtrans@terra.es » Dom Jul 01, 2012 9:48 pm

Independientemente de que se refiera al descanso esos minutos que conduces interrumpiendo dicho descanso tenlos en cuenta a la hora de sumar tanto la conducción diaria como semanal y bisemanal.
Hola holita, hay una crisis que está haciendo que las empresas aguanten los vehiculos los tacógrafos de última generación son pocos aún.
Por otra parte hablas de la regla del minuto, efectivamente si el tacógrafo no lo registra la conducción no existe con lo que este conductor no haría su consulta.
¿Que reglamento considera esa interrupción como otros trabajos?

HOLA HOLITA
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Re: tiempo de conduccion

Mensajepor HOLA HOLITA » Lun Jul 02, 2012 5:45 pm

rmvtrans@terra.es totalmente de acuerdo con tus dos primeras puntualizaciones pero a la tercera decirte que una cosa es que el minuto no exista y otra cosa es que el conductor sepa que no existe, por ello le digo que imprima un tickets y eso es lo que "existe" o no.

Y referente a tu pregunta necesitaría que me la detallases mejor ya que no entiendo a que interrupción te refieres.

P.D. Aunque hay pocos tacógrafos de última generación circulando, haberlos haylos..... :D

Saluditos.....

rmvtrans@terra.es

Re: tiempo de conduccion

Mensajepor rmvtrans@terra.es » Lun Jul 02, 2012 10:07 pm

[Cuando respondo es este foro lo hago de memoria. Por eso siempre nombro la fuente para que el que tenga interés pueda documentarse.
Los conductores saben de sobra la regla del minuto, es lo primero que le dicen cuando entran a un taller, saben sacar tickets y todo.
Efectivamente lo que vale es lo que queda escrito. Lo que reza en el ticket.Ya lo decian los romanos, Verbant volan escriptus permanent, Excusas non petitas pecatus manifestus, algo me he inventado.

El mayor problema que yo entiendo tiene ahora mismo el transporte es la falta de una formación clara y entendible. Desde hace años hay gente, algunos escriben por aquí y tengo el gusto de conocerlos en persona, que en un minuto te enseñan más que algunos superprofesionales en una hora.

La falta de formación es alarmante, y parte del problema reside a mi modo de ver en que algunos conductores asisten a cursos donde solamente les enseñan a trasvasar dinero de su bolsillo al bolsillo del que dá el curso, y que casualidad que cuando acaban de leer unos folios que traen, nadie hace preguntas. Les explican cosas que no les conciernen, por culturilla. Creo que con las cosas básicas, sería suficiente, saber que es una jornada, saber que no hay que mezclar jornadas con periodos de 24 horas a efectos de descanso semanal, saber como hacer entradas adicionales, en pocas palabras SOBREVIVIR que no es poco.


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