INFORMACION SOBRE ´´FUERA DE AMBITO``

Todo tipo de sanciones relacionadas con el tacógrafo.
castigador10

INFORMACION SOBRE ´´FUERA DE AMBITO``

Mensajepor castigador10 » Mar Sep 11, 2012 9:40 am

Hola a todos,necesito mas informacion sobre la norma de ´´FUERA DE AMBITO``de la que aparece en la instruccion 1/2010 que alguna vez he leido en este foro.Porque lo que pregunto es lo siguiente desde la ignorancia:
1º Dentro del radio de 50 km se puede conducir 11 horas sin descansar al estar exento del 561/2006?
2º Tienes que llevar autorizacion expresa de fomento de exclusion del vehiculo con el que realizas el servicio y llevar siempre el mismo vehiculo ?
3º Si el vehiculo tiene tacografo es obligatorio insertar disco o tarjeta aun estando exento ?
4º Lo de la conduccion y el descanso afecta solo a periodos de 24 h o tambien al descanso semanal de 45 h pudiendo trabajar el mes entero sin descansar ?

Esto viene a cuento de que con la crisis hay que trabajar mas y no descansar nada para no llegar a jubilarnos.A si que vive rapido y muere joven como decian en los años 70/80.
Perdon por divagar pero es que tengo un cabreo con lo del ´´FUERA DE AMBITO``
GRACIAS Y PERDONARME...

HOLA HOLITA
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Re: INFORMACION SOBRE ´´FUERA DE AMBITO``

Mensajepor HOLA HOLITA » Mar Sep 11, 2012 5:24 pm

En mi opinión:

1. Dentro del radio no te aplica el reglamento y por tanto podrás conducir todas las horas que te dé la gana.
2. Fomento no emite ninguna certificación de exención simplemente si el agente ve que estás dentro de la exención y dentro del radio te dejará y si no lo estás a su juicio y has incumplido el reglamento te sancionará, luego podrás tu alegar y demostrar si estás exento o no, lo que debes hacer tu es informarte bien que lo estás y cuando y de que manera.
3. Si estás dentro de la exención no hace falta que metas disco o tarjeta, la opción de fuera del ámbito está porsi la quieres dejar dentro siempre.
4. Mientras estés dentro de la exención podrás trabajar todo lo que quieras para Transportes pero no para el Ministerio de Trabajo ya que tendrás que cumplir con la legislación laboral que te aplique, si no estás exento tendrás que cumplir aparte toda la legislación que marca el reglamento 561/2006 de conducción y descansos.

Saluditos....

driver_

Re: INFORMACION SOBRE ´´FUERA DE AMBITO``

Mensajepor driver_ » Mié Sep 26, 2012 12:13 pm

A los conductores profesionales que no utilicen tacógrafo se les aplica el R.D 902/2007 sobre tiempo de trabajo en el sector del transporte. Donde viene determinado entre otras muchas cosas la duración máxima de la jornada, cada cuanto tiempo debes descansar y cuanto tiempo, horas máximas semanales, etc.
El único pequeño problema es como controlar que eso se cumpla. En las empresas grandes suele ser el comité de empresa el que vigila que se cumpla el real decreto, pero si no hay comité en tu empresa te tocaría a ti exigir su cumplimiento y eso es otra historia.

HOLA HOLITA
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Re: INFORMACION SOBRE ´´FUERA DE AMBITO``

Mensajepor HOLA HOLITA » Mié Sep 26, 2012 5:31 pm

Driver el real decreto no se aplica de momento en España ni para los que están obligados a llevar tacógrafo ni a los que no, ya que aunque efectivamente está vigente el real decreto para aplicar la correspondiente directiva europea no se sanciona en España por esta reglamentación lo cual hemos sido sancionado varias veces por la Comisión Europea. El que determina de momento los tiempos de trabajo es el Ministerio de Trabajo a través del Estatuto de los Trabajadores o el convenio colectivo correspondiente o al menos esa es mi opinión.

P.D. Claro está que para ello tendrás que reclamar estos derechos o demandar a la empresa, y como tu dices eso es otra historia.

Saluditossss....


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