Exencion tacografo
Publicado: Mar Abr 30, 2013 9:48 am
Buenos dias, somos una pequeña empresa de construccion y tenemos un camion de 3.500kg de PMA. Queriamos utilizar un remolque de mas de 750kg para llevar material y maquinaria a nuestras obras o bien traer material desde nuestros suministradores. Nos encontramos con que deberiamos tener tacografo aunque hay una exencion que creo nos asiste:
Transportes de carácter privado complementario cuyo objeto sea el traslado del material, equipo o maquinaria utilizado por el conductor en el ejercicio de su profesión, siempre que la masa máxima autorizada del vehculo utilizado, incluida en su caso la de los remolques y semirremolques, no sea superior a 7,5 toneladas, el transporte se desarrolle integramente dentro de un radio de 50 kilómetros alrededor del centro de explotación de la empresa titular o arrendataria del vehiculo y la conducción de vehículos no constituya la actividad principal del conductor.
Si bien nos restringe a 50km a la redonda, nos seria suficiente. Las dudas son ¿estaria autorizado solo el propietario de la empresa-furgon o tambien los empleados?¿deben de llevar los empleados alguna justificacion de que lo son?¿cual?. ¿Los familiares directos (padres,hermanos) pueden conducirlo tambien o no?¿es necesaria tarjeta de transporte?. Tambien querria saber si dan en fomento algun tipo de certificado de que la empresa esta exenta al llevar cierto tipo de materiales,destinados a su actividad, para enseñar a la Guardia Civil.
Transportes de carácter privado complementario cuyo objeto sea el traslado del material, equipo o maquinaria utilizado por el conductor en el ejercicio de su profesión, siempre que la masa máxima autorizada del vehculo utilizado, incluida en su caso la de los remolques y semirremolques, no sea superior a 7,5 toneladas, el transporte se desarrolle integramente dentro de un radio de 50 kilómetros alrededor del centro de explotación de la empresa titular o arrendataria del vehiculo y la conducción de vehículos no constituya la actividad principal del conductor.
Si bien nos restringe a 50km a la redonda, nos seria suficiente. Las dudas son ¿estaria autorizado solo el propietario de la empresa-furgon o tambien los empleados?¿deben de llevar los empleados alguna justificacion de que lo son?¿cual?. ¿Los familiares directos (padres,hermanos) pueden conducirlo tambien o no?¿es necesaria tarjeta de transporte?. Tambien querria saber si dan en fomento algun tipo de certificado de que la empresa esta exenta al llevar cierto tipo de materiales,destinados a su actividad, para enseñar a la Guardia Civil.