Buenas tardes,
Hablando el otro día con un compañero de los descansos semanales me comentó que era posible realizar dos descansos reducidos 24 horas en dos semanas seguidas mientras luego los compensaras en el margen de tres semanas después de cada descanso.
Yo tenía la idea contraria pero le comentaron esto con la explicación de que en la normativa 561 en ningún sitio lo prohíbe y ya pues me ha hecho dudar.
¿Como es exactamente? ¿Donde lo dice para poder demostrarlo?
Gracias,
Descansos semanales reducidos
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- Registrado: Vie Ago 06, 2010 5:57 pm
Re: Descansos semanales reducidos
Es una verdad a medias, se puede hacer así siempre y cuando en esas dos semanas consecutivas haya también un descanso de más de 45 horas, o sea, un descanso semanal normal, ya que el reglamento dice que en dos semanas consecutivas tiene que haber, al menos, un descanso reducido, de 24 horas y uno normal, de 45 horas. Por tanto puede haber dos de 24 horas consecutivos pero tiene que haber aparte otro de 45 horas, y solamente tendrías que recuperar uno de los descansos reducidos ya que el otro simplemente no se contaría como descanso semanal ya que no llega a 45 horas.
Todo esto lo puedes encontrar en el reglamento 561/2006 y mas claramente en la página 41 del manual de Fomento siguiente:
http://www.tacografodigital.com/manual.pdf
Saluditos....
Todo esto lo puedes encontrar en el reglamento 561/2006 y mas claramente en la página 41 del manual de Fomento siguiente:
http://www.tacografodigital.com/manual.pdf
Saluditos....
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