Quien paga el CAP

Todo tipo de sanciones relacionadas con el tacógrafo.
denix

Quien paga el CAP

Mensajepor denix » Lun Ago 05, 2013 8:23 pm

Hola buenas tardes:
Vuelvo a recurrir a este foro,en el que tan buenas experiencias he tenido. El tema es que trabajo desde hace 15 años en una empresa de trasportes y que se rige por dicho convenio de transportes de ambito provincial.Poseo los permisos C+E y D entre otros. Mi permiso termina en 4 con lo cual he de tener el CAP en septiembre de este año.Mi pregunta es¿¿ quien debe de pagar los 290 euros que vale en mi ciudad el curso de 35 horas?...que pasaría si no lo tengo y me denuncian..
Aclarar que no tendo ADR conduzco un trailer normal...la antiguedad de mis permisos es de 10/1998
Agradecería alguna respuesta lo antes posible pues como veis me queda poco tiempo.
Agradecido de antemano Un Saludo Para Todos...,

HOLA HOLITA
Mensajes: 483
Registrado: Vie Ago 06, 2010 5:57 pm

Re: Quien paga el CAP

Mensajepor HOLA HOLITA » Mar Ago 06, 2013 12:02 pm

Primero informarte que ya deberías tener el CAP al tener el permiso con categoría D aunque posiblemente el agente te lo permita si vas conduciendo un vehículo para categoría C hasta este año que te tocaría. La sanción siempre iría para la empresa, este mes a subido de 1.000 euros a 2.000 euros.

Sobre quien tiene que pagarlo, en mi opinión sería el conductor ya que es personal como el permiso de conducir pero como la responsabilidad de que lo posean los conductores que conduzcan los vehículos es de la empresa titular de la tarjeta de transportes de esos vehículos la más interesada en que lo tengáis es dicha empresa por lo que normalmente lo suelen pagar ellas para evitar las sanciones y, además, se lo suelen bonificar de los pagos a la seguridad social por lo que al final les suele salir gratis.

Saluditos...

denix

Re: Quien paga el CAP

Mensajepor denix » Mar Ago 06, 2013 8:01 pm

Muchas gracias por tú pronta respuesta.
Saludos.

Javier Lorenzo
Mensajes: 79
Registrado: Dom Sep 22, 2013 6:42 pm

Re: Quien paga el CAP

Mensajepor Javier Lorenzo » Sab Sep 28, 2013 12:31 pm

Hola.

Sin ánimo de contradecir a Hola Holita, aporto esto que puede aclarar el tema en cuanto a los trabajadores de empresas de transporte de mercancías.....


MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
4367
Resolución de 13 de marzo de 2012, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el II Acuerdo general para las empresas de transporte de mercancías por carretera.
.......
Artículo 64. Formación de reciclaje de los conductores.
Los cursos de formación dirigidos a la renovación del Certificado de Aptitud Profesional (CAP) y del carné de mercancías peligrosas (ADR) serán impartidos por las empresas mediante medios propios o concertándolos con servicios ajenos.
El costo de la formación será a cargo de las empresas. El tiempo empleado a tal fin por los trabajadores se imputará al permiso retribuido establecido en el artículo 23.3 del Estatuto de los Trabajadores, en la redacción dada al mismo por Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero.
A los trabajadores que no superen los exámenes de renovación de la autorización que habilita para conducir vehículos que transporten mercancías peligrosas, les quedará suspendido su contrato de trabajo por un plazo máximo de seis meses, dentro del cual deberán obtener la citada autorización.
...........




Esto es , en el caso de trabajadores de empresas dedicadas al transporte de mercancías por carretera el coste de la formación y el tiempo empleado en la misma es a cargo de la empresa.


Primero informarte que ya deberías tener el CAP al tener el permiso con categoría D aunque posiblemente el agente te lo permita si vas conduciendo un vehículo para categoría C hasta este año que te tocaría


El agente no podría denunciarlo por no tener el CAP al estar conduciendo con el Permiso C o C+E (...en el momento de la consulta, hoy si....)

b) Los conductores de vehículos de las categorías de permiso de conducción C1, C1+E, C y C+E, entre el 10 de septiembre de 2012 y el 10 de septiembre de 2016, de acuerdo con el siguiente calendario:
.......
2. Titulares de permisos de conducción cuyo número termine en 3 ó 4, antes del 10 de septiembre del 2013.
.....


....lo que no podría en ese momento es conducir un vehículo que precisase del permiso D o D+E, al no disponer del CAP para ese permiso estando en plazo de poseerlo.

Un saludo.

HOLA HOLITA
Mensajes: 483
Registrado: Vie Ago 06, 2010 5:57 pm

Re: Quien paga el CAP

Mensajepor HOLA HOLITA » Dom Sep 29, 2013 5:21 pm

Buena puntualización, efectivamente según este acuerdo así es.

Referente al permiso puede que la interpretación de Javier Lorenzo sea mas acertada que la mía pero ante la duda....ya sabéis.

Un saludito y gracias por seguir ayudando.


Volver a “Sanciones tacógrafo”

¿Quién está conectado?

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 7 invitados