baramo sancionador
Publicado: Mié Oct 30, 2013 1:59 pm
Buenos días en el baramo sancionador del 25/0/2013 viene con el codigo BD03.02 la utilizacion de las hojas durante un periodo mayor a aquel para el que esté previsto cuando NO haya supuesto la perdida de datos se sanciona con 301€ por lo que dice no se podría dejar un disco insertado un viernes y cambiarlo el lunes pues lo que está previsto son 24horas,por otra parte si no se le hace caso a la instruccion 1/2010 que no se si está en vigor o no donde dice que los tiempos de descanso diarios o semanales no es obligatorio que se reflejen entonces si por un lado no le puedo hacer caso a la instruccion 1/2010 y por otro no puedo dejar el disco insertado más de 24h aunque solo me marque descanso ¿como hago de un viernes a un lunes? ¿lo voy a cambiar el sabado con lo cual no disfruto de mi descanso semanal o que? la verdad es que no se si yo lo estoy interpretando mal por eso pido vuestra opinión
un saludo
un saludo