DENUNCIAS DE TRANSPORTES A EXTRANJEROS

Todo tipo de sanciones relacionadas con el tacógrafo.
toni 83
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DENUNCIAS DE TRANSPORTES A EXTRANJEROS

Mensajepor toni 83 » Mié Ene 08, 2014 12:00 pm

Buenas y feliz año a todos, mi pregunta va dirigida a los expertos en la materia y es referente a, si a un camión portugues que comete una infracción de transportes no de tráfico en España se puede acoger al descuento del 30% si la paga en el acto, todo esto lo pregunto x que los otros dias denuncianron los guardias a un camión portugues y le cobrarón integro el importe de la denuncia aportándole recibo del pago de los 1001 euros y yo sin embargo decidí pagarla que eran 100 eur y tuve que abonar con descuento 70 eur, aportándome el guardia recibo de el pago e informándome que si la pagaba en ese momento ,estaba de acuerdo con los hechos denunciados y no podría recurrir,quejándose el extranjero de porque los españoles teniamos descuento y los extranjeros no tenian.gracias por la aclaración Hola Holita o algún otro experto en la materia.

HOLA HOLITA
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Re: DENUNCIAS DE TRANSPORTES A EXTRANJEROS

Mensajepor HOLA HOLITA » Sab Ene 11, 2014 11:19 am

Según veo en la nueva Ley de Transportes referente a lo que expones pone lo siguiente:

"4. Con independencia de lo establecido en el punto 2, en la imposición y ejecución de sanciones por infracciones cometidas por personas que no acrediten su residencia en territorio español serán de aplicación las reglas que a continuación se establecen, junto con las que, en su caso, se señalen reglamentariamente de forma expresa:
a) El vehículo utilizado en la realización del transporte objeto de la denuncia quedará inmovilizado hasta que la empresa denunciada no pague la sanción señalada o bien deposite su importe o garantice su pago.El depósito que, en su caso, realice el denunciado deberá constituirse en metálico en euros o utilizando una tarjeta de crédito.
Cuando el denunciado no haga efectivo el depósito del importe de la sanción en el momento de la denuncia, se le permitirá, no obstante, que señale una persona o entidad que constituya caución suficiente del pago del importe total de la sanción
propuesta en la denuncia, conforme a lo que reglamentariamente se determine.
b) Si el intento de realizar cualquier notificación al denunciado en el curso del expediente sancionador resultase fallido, aquélla se remitirá al departamento ministerial competente en materia de transportes del país en que resida para que le
dé traslado, considerándose así realizada definitivamente la notificación.
c) Cuando las sanciones impuestas mediante resolución que ponga fin a la vía administrativa no sean satisfechas en período voluntario, se podrá proceder, si el vehículo de que se trate hubiera quedado inmovilizado durante la tramitación del
expediente, a su venta en pública subasta, en la forma que reglamentariamente se establezca, quedando el dinero obtenido afecto al pago del importe de la sanción, de los gastos originados por la inmovilización y la subasta, así como de los gastos
que pudieran haberse producido como consecuencia de la responsabilidad del transportista por la custodia del vehículo, su carga y pertenencias. El sobrante, si lo hubiere, quedará a disposición de la persona denunciada.»

Por lo tanto no se mucho al respecto pero interpreto que deben pagar el total de la sanción, aunque la lógica sería que pudiesen acogerse al descuento al pagarlo en el acto, espero que algún entendido nos aclare algo más, yo preguntaré a algún cliente extranjero en cuanto pase por mi empresa. Lo que no cuadra es lo que dices que a él le cobraron 1.000 euros en vez de 100 euros como a tí, sin descuento, supongo que la sanción no sería la misma, habría que verlo.

Saluditos...

toni 83
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Re: DENUNCIAS DE TRANSPORTES A EXTRANJEROS

Mensajepor toni 83 » Sab Ene 11, 2014 12:42 pm

Efectivamente Hola Holita, era una infraccion diferente lo mio un exceso de conduccion diario 10:30 y lo suyo una aminoración del descanso Semanal,ignoro mas datos.gracias


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