dos multas de estacionamiento sin mover el coche

Saltarse semáforo, saltarse un stop...
alc3ron

dos multas de estacionamiento sin mover el coche

Mensajepor alc3ron » Dom Abr 22, 2007 4:04 pm

Quiero recurrir este hecho, pues estacioné mi coche en la acera de la calle junto a mi lugar de estudios. Al volver a por él, al mediodía, tenía dos multas (una delante y otra detrás) de distintos agentes; las dos por estacionar en la acera, con diferencia de unas horas, en las cuales no se movió el coche porque yo me encontraba en clases.
Pues hace un par de días me llegaron ambas multas, entiendo el pagar una de ellas, pero dos?. Quiero recurrirlas. Qué hago, en qué me tendría que basar para solucionar esto? leyes en la que apoyarme?

Gracias

N

Mensajepor N » Mar Abr 24, 2007 11:57 pm

Antes de nada decir que no soy abogado, pero hasta donde se, no se pueden cursar dos denuncias por el mismo hecho, es decir que solo te correspondería pagar una. Si tienes dos denuncias deberias alegar eso; que no te pueden penar dos veces por el mismo hecho, pero no se donde esta el parrafo legal que corresponda. hasta ahi llego.

FAVG

Mensajepor FAVG » Jue Abr 26, 2007 12:07 pm

En principio, y como sucede con cualquier sanción de tráfico, le recomiendo que alegue y alargue el procedimiento y que, en ningún caso, se acoja a la bonificación por pronto pago del 30% sobre la sanción económica –pagando la multa en los 30 días siguientes a la notificación del boletín–, pues ello implica que se termine en procedimiento y le quiten directamente los 4 puntos que corresponderían a ambas multas si es que se consideran un estacionamiento en lugar peligroso o con riesgo para la circulación o los peatones, dado que se trata de una acera.

El alargamiento del procedimiento administrativo con las alegaciones, pruebas y recursos posteriores, puede implicar que durante el mismo la Administración incurra en caducidad del procedimiento (si dura más de 1 año desde la notificación de la denuncia –se computa desde el mismo día que recibió el boletín de denuncia– sin que se notifique la resolución, el procedimiento caduca y se archiva), prescripción de la infracción o vicios de nulidad del procedimiento (el más habitual últimamente es que, una vez presentadas las alegaciones y propuesta la prueba que se quiere practicar, la Administración pase directamente a dictar propuesta de resolución o incluso resolución definitiva sin hacer mención a las alegaciones presentadas y/o sin manifestarse expresamente sobre la admisión o no de las pruebas propuestas y/o sin motivar suficientemente el motivo de denegar las pruebas propuestas).

Además, en muchas ocasiones, como puede que sea su caso, las sanciones son desproporcionadas y no respetan los criterios legales de graduación de las mismas, por lo que no recurrir a tiempo poniendo de manifiesto a la Administración las circunstancias que justifican una sanción menor supone asumir una sanción a todas luces fuera de la proporcionalidad que exige la Ley.

Pero además, en su caso, puede haber una clara vulneración del principio "no bis in idem", según el cual no pueden ser sancionados más de una vez unos mismos hechos, sobre todo si la diferencia horaria es mínima, como parece ser su caso.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.


F.A.V.G.
www.+++PUBLICIDAD NO ACEPTADA++++

FAVG

Mensajepor FAVG » Vie Abr 27, 2007 3:46 pm

Para cualquier sugerencia o aclaración, puede encontrarnos en nuestra página web de +++++PUBLICIDAD NO ACEPTADA+++++++ . com

Un saludo.


Volver a “Multas relativas a la señalización”

¿Quién está conectado?

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 5 invitados