Caducidad en multa por exceso de velocidad

Todas aquellas denuncias por exceso de velocidad. Graves o muy Graves.
maestrocubo

Caducidad en multa por exceso de velocidad

Mensajepor maestrocubo » Lun Ene 07, 2008 10:36 am

Hola a todos/as:

Resulta que el el 25 de julio del año pasado me pusieron una multa por exceso de velocidad (según ellos la máxima permitida era 100 y yo iba a 126 km/h. Hace 5 días aproximadamente me llegó al buzón la notificación. Por supuesto nadie la ha firmado, o sea que no saben que ya sé de esa multa... Mi pregunta es: Puedo esperarme al 26 de enero (que es cuando pasan los seis meses desde que me "cazaron") y poner recurso?? Servirá de algo?

Saludos y ánimo con esta web!

Invitado

Re: Caducidad en multa por exceso de velocidad

Mensajepor Invitado » Lun Ene 07, 2008 3:18 pm

UY,.. el plazo de caducidad de las multas de tráfico creo que desde el 01/7/2006 si no recuerdo mal es de 12meses. Por ello no puedes esperar ese plazo porque te notificarán en el BOP mucho antes.

Saludos.

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bombom
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Registrado: Dom Ene 06, 2008 11:46 am

Re: Caducidad en multa por exceso de velocidad

Mensajepor bombom » Lun Ene 07, 2008 4:03 pm

claor que tu igual te refieres al prescripción de los 6 meses, no?

maestrocubo

Re: Caducidad en multa por exceso de velocidad

Mensajepor maestrocubo » Mar Ene 08, 2008 1:14 pm

Si, si me refería a la prescripción de los 6 meses, voy mirando cada día en el BOP a ver si tengo suerte... Pero ayer llamé a los gestores de multas de mi compañia aseguradora y me han afirmado que aunque no haya firmado nada, ellos pueden alegar que te ha llegado al buzón y que la has recogido... Ahora no se qué hacer si recurrirla ahora o esperarme hasta el 26 de enero , con el posible peligro de que haya caducado el tiempo para recurrirla... AYUDADME!!!!!!!!!!

Invitado

Re: Caducidad en multa por exceso de velocidad

Mensajepor Invitado » Mié Ene 09, 2008 10:13 am

pues si, espera a que te publiquen en el BOP. Es un aunténtica gilipollez( y perdona la palabra) lo que te han dicho desde la asesoria. Sólo pueden justificar que has recibido una notificiación un acuse de recibo correctamente firmado y rellenado, así lo fija la ley 30/1992. De todas formas consulta el bop de la provincia deonde esté la jefatura, no en la que residas tu. TE acabarán publicando y si pasa más de 6 meses puedes pedir la prescripción simpre y cuando lo multa de exceso de velocidad no sea de más de 301 euros, ya que sería muy grave y presceibiría a loas 12 meses.

SAludos y suerte y cuentanos.

maestrocubo

Re: Caducidad en multa por exceso de velocidad

Mensajepor maestrocubo » Mié Ene 09, 2008 5:06 pm

Muchas gracias por la respuesta. A mi ya me parecía que los gestores de multas éstos no tenían mucha idea. Vaya con linea directa! Están sumando puntos para que no renueve seguro...De momento voy mirando cada dia el BOP de Lleida y no aparezco... buena señal. Ya os iré contando como acaba todo...

Saludos a todos/as!

VALDO

Re: Caducidad en multa por exceso de velocidad

Mensajepor VALDO » Mié Ene 09, 2008 5:08 pm

UY!!!!
CUIDADO DE LLEIDA? EL BOP DE LLEIDA

VALDO

Re: Caducidad en multa por exceso de velocidad

Mensajepor VALDO » Mié Ene 09, 2008 5:14 pm

..en el bop de lleida sólo publica la Jefatura de Tráfico de Lleida las retiradas!!!!. Si tu tienes una multa del Servicio Catalán de Tráfico debes ir al DOGC, ( DIARIO OFICIAL DE LA GENERALITAT!) puedes consultarlo en http://www.gencat.es ( arriba a la derecha tenes un link) se publican todas las multas de SCT de toda Cataluña.

También puedes ir al link directo http://www.gencat.cat/dogc/

Espero que leas este mensaje! si estuvieras registrado te avisaba por email...

Saludos.

maestrocubo

Re: Caducidad en multa por exceso de velocidad

Mensajepor maestrocubo » Mié Ene 09, 2008 5:16 pm

Ok Valdo! Muchas gracias por el aviso! Lo compruebo ipso facto...

Angel2207

Re: Caducidad en multa por exceso de velocidad

Mensajepor Angel2207 » Jue Ene 10, 2008 6:08 pm

Estais seguros de que las multas caducan al año de q te las pongan y no a los 5 años, algunos compañeros me han dicho que tienen hasta 5 años para cobrarte y con iuntereses. A mi me pusieron 1 por exceso y retirada de 6p. la recurri pero el 20/12/07 hizo 1 año y no se nada ni he recibido nada estaba tan tontento pero estos compañeros me han dicho q tienen hasta 5 años y q t pueden cobrar intereses. ¿¿¿¿ Es cierto ???, A ver cuando puedo descansar.


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