Multa grave exceso velocidad, coche GC arcen sin triangulos

Todas aquellas denuncias por exceso de velocidad. Graves o muy Graves.
Manu1977

Multa grave exceso velocidad, coche GC arcen sin triangulos

Mensajepor Manu1977 » Dom Ene 25, 2009 9:55 am

Hola gente:

El otro dia me pusieron un pedazo de multa y queria saber segun vuestra opinion que se puede hacer al respecto. Los
datos objetivos son:

Carretera Nacional
Localizacion :Cruce con otras vias
Limitacion de velocidad:60 km/h
Coche camuflado de la guardia civil aparcado en el arcen justo despues de la señal de 60 km/h. Señalando con el intermitentevque va a girar a la derecha pero sin luces de emergencia puestas ni triangulos de advertencia(que yo si tendria que poner si me parase en el arcen, en fin parece que las reglas no se nos aplican a todos por igual)
velocidad capturada por el radar:111 km/h (ya se que suena un poco heavay pero fin de semana las 16:00 sin trafico visibilidad estupenda y obviamente ningun coche a
la vista en varios km. a la redonda)

Al km. de pasar por este punto la guardia civil me para y me pone la siguiente multa

-380 euros de sancion
-6 puntos del carnet(hasta donde yo se tenia un saldo de 12 salvo que tenga alguna multa pendiente q no me haya llegado)
-Retirada de 1 mes del carnete de conducir
- Yo no firme la multa

Como no soy una persona borde el guardia fue bastante amable en el trato y comprendio que era un palazo. Cuando me entrego la multa su compañero se alejo un poco
y me comento que si tenia pensado recurrir la multa hiciese mucho hincapie en la fotografia,¿se lo dira a todos/todas o es que cuando se metio en su coche y reviso los datos
que le mandaba el coche radar vio que la foto era de mala calidad?

Mis preguntas son:

- ¿Estoy ya notificado o me llegara la multa a casa al igual que cuando la guardia civil no te para por exceso de velocidad?
- En el primer recurso estoy pensando en centrarme en lo tipico fotografia,revisiones del radar. ¿Veis alguna posibilidad en reclamar atendiendo a la situacion
del coche radar de la guardia civil estacionado en el arcen de la carretera sin poner los triangulos de emergencia pertinentes o los coches de la guardia civil
camuflados tienen bula al respecto?

- ¿Conoceis algun buen sitio web para reclamar esta multa?
- ¿La velocidad que marca la multa es la que captura el radar o despues de aplicarle el porcentaje de error de esos aparatos? Es que si la velocidad capturada
es de 111 km/h y tienen un margen de error de 5% la velocidad a la que podria haber estado yendo es de 105 km/h lo cual cambia bastante la multa que pasaria a ser
de 200 euros, 4 puntos y sin retirada de carnet. ¿Hay posibilidades de ir por esta via?(Si me hacen el cambio pago la multa ya mismo y me dejo de mas recursos)

- Imagino que si pago pronto para aprovechar el descuento estoy reconociendo los hechos y no podria presentar recursos a la multa ¿correcto-?

En fin imagino que algusn preguntas son muy basicas pero estoy acojonado porque normalmente yo conduzco bastante bien y en un despiste me han quitado la mitad de los puntos e insistovque no habia peligro alguno. Para mas inri unos km despues de que me parara la guardia civil me adelantaron teniendo linea continua e imagino que logicamente al tio ese no le paso nada.
Cualquier comentario es bienvenido

Saludos,
Manu

bilbao

Re: Multa grave exceso velocidad, coche GC arcen sin triangulos

Mensajepor bilbao » Dom Ene 25, 2009 9:15 pm

hola:
Bueno yo en primer lugar esperaria a ke me llegaria la notificacion a casa y en ese momento pediria la foto ya ke segun comentas de dijo la guardia civil ke estaba mal(o eso entendi yo),por otra parte todavia no estas notificado hasta ke dicha carta no vayas a recogerla ,ah y otra cosa ,si no vas a recogerla ,te la mandaran 3 veces y si en ningunas de ellas vas ,pues pasaria al boletin del estado,cosa ke yo no te aconsejo
Si ves ke la foto esta mal yo recurriria ,ke vas a perder,tiempo?mientras estas recuriendo las pelas no aumenta,simplemente no te hacen descuento por pronto pago ,es la unica diferencia.eso si las multas caducan al año de ponerse(aclaro ,al año exactamente de ponertela te lo pusieron el 3-4-07 te caducaria 3-4-08)asi ke intenta alargar el recurso lo maximo posible ,cada vez ke les tengas ke mandar algun papel hazlo el dia limite ,asi iras alargandolo ,no se si te dara solucion pero por intentarlo nada se pierde
Denunciarlos a ellos es casi perder el tiempo(segun opino yo,elpez grande se come al pequeño)

invitado

Re: Multa grave exceso velocidad, coche GC arcen sin triangulos

Mensajepor invitado » Lun Ene 26, 2009 8:44 am

si lo pararon delante ESTA NOTIFICADO siempre que te multen y te paren date por notificado..asi que si vas a pedir foto tienes 15 dias desde que te multaron..siento la cazada me trae malos recuerdos
saludos

invitado

Re: Multa grave exceso velocidad, coche GC arcen sin triangulos

Mensajepor invitado » Lun Ene 26, 2009 8:59 am

puedes pagarla con el descuento y recurrirla una cosa no quita ala otra y por cierto que estuvieran sin triangulos ni señales de emergencia eso aunque no es legal ya se sabe que las leyes no son para todos y se lo van a pasar por el forro..si recurres centrate en la foto y lo de la velocidad la que pone en la multa ya va con el margen d error,cuando pidas la original saldra 117 o 118..si tienes alguna duda mas preguntalA y recuerda que la GC d trafico solo estan para recuadar en el 99% de los casos

Invitado

Re: Multa grave exceso velocidad, coche GC arcen sin triangulos

Mensajepor Invitado » Vie Feb 06, 2009 12:23 am

invitado escribió:puedes pagarla con el descuento y recurrirla una cosa no quita ala otra y por cierto que estuvieran sin triangulos ni señales de emergencia eso aunque no es legal ya se sabe que las leyes no son para todos y se lo van a pasar por el forro..si recurres centrate en la foto y lo de la velocidad la que pone en la multa ya va con el margen d error,cuando pidas la original saldra 117 o 118..si tienes alguna duda mas preguntalA y recuerda que la GC d trafico solo estan para recuadar en el 99% de los casos



mira chaval.... dejate de tonterias y de escribir chorradas si no tienes ni idea.
en primer lugar segun tu, la guardia civil de trafico solo está para recaudar. Yo ni soy guardia ni nada, pero mi hijo tuvo un accidente grave y fue la guardia civil la que le saco del coche en llamas. Por cierto, me gustaria ver las carreteras si no hubiera multas. fijo que habria muchos mas accidentes, borrachos y gente haciendo el cabra por el mundo. Todos haríamos lo que nos saliera del.....
segundo: NO PUEDES RECURRIR UNA MULTA Y A LA VEZ PAGARLA CON EL DESCUENTO. O lo uno o lo otro.
Aqui en España preferimos decir que somos impotentes y que la tenemos pequeña a reconocer una infracción (que es una infraccion, no un delito).... si nos hemos equivocado por reconozcamolo y punto, pero por no dar el brazo a torcer somos capaces de todo.

Ahí queda eso.... por cierto, vuelvo a pedir que quien no sepa que no escriba sandeces.

invitado

Re: Multa grave exceso velocidad, coche GC arcen sin triangulos

Mensajepor invitado » Vie Feb 06, 2009 8:20 am

Invitado escribió:
invitado escribió:puedes pagarla con el descuento y recurrirla una cosa no quita ala otra y por cierto que estuvieran sin triangulos ni señales de emergencia eso aunque no es legal ya se sabe que las leyes no son para todos y se lo van a pasar por el forro..si recurres centrate en la foto y lo de la velocidad la que pone en la multa ya va con el margen d error,cuando pidas la original saldra 117 o 118..si tienes alguna duda mas preguntalA y recuerda que la GC d trafico solo estan para recuadar en el 99% de los casos



mira chaval.... dejate de tonterias y de escribir chorradas si no tienes ni idea.
en primer lugar segun tu, la guardia civil de trafico solo está para recaudar. Yo ni soy guardia ni nada, pero mi hijo tuvo un accidente grave y fue la guardia civil la que le saco del coche en llamas. Por cierto, me gustaria ver las carreteras si no hubiera multas. fijo que habria muchos mas accidentes, borrachos y gente haciendo el cabra por el mundo. Todos haríamos lo que nos saliera del.....
segundo: NO PUEDES RECURRIR UNA MULTA Y A LA VEZ PAGARLA CON EL DESCUENTO. O lo uno o lo otro.
Aqui en España preferimos decir que somos impotentes y que la tenemos pequeña a reconocer una infracción (que es una infraccion, no un delito).... si nos hemos equivocado por reconozcamolo y punto, pero por no dar el brazo a torcer somos capaces de todo.

Ahí queda eso.... por cierto, vuelvo a pedir que quien no sepa que no escriba sandeces.


solo esta para recaudar en el 99 % ciento d los casos,A VER SI LEES MEJOR ATONTAO,el otro 1% es lo que hacen en casos como tu hijo y para defender ala guardia civil te vas al foro de los maderos aki la mayoria no tenemos simpatia por la policia local ni la GC ya qu3e nos han calzado asi que ya sabes abuelete a contar tus batallas a otra parte

invitado

Re: Multa grave exceso velocidad, coche GC arcen sin triangulos

Mensajepor invitado » Vie Feb 06, 2009 8:23 am

que no puedes pagar primero pa aprovexar el descuento y luego recurrir la multa? tu eres bastante tonto y aun nadie te lo habia dicho

russell
Mensajes: 3
Registrado: Mar Ene 06, 2009 11:35 pm

Re: Multa grave exceso velocidad, coche GC arcen sin triangulos

Mensajepor russell » Vie Feb 06, 2009 10:20 am

invitado escribió:que no puedes pagar primero pa aprovexar el descuento y luego recurrir la multa? tu eres bastante tonto y aun nadie te lo habia dicho

No, no se puede. Si pagas aprovechando el descuento no puedes recurrir, es un término de las multas de tráfico.

Lo de tonto creo que sobra.

invitado

Re: Multa grave exceso velocidad, coche GC arcen sin triangulos

Mensajepor invitado » Vie Feb 06, 2009 12:03 pm

pues nada habre sido el unico en españa que pago la multa con descuento y luego la recurrio

Guardia Civil Tráfico

Re: Multa grave exceso velocidad, coche GC arcen sin triangulos

Mensajepor Guardia Civil Tráfico » Sab Feb 14, 2009 12:05 pm

Contestación a tus preguntas:
1.- Estas ya notificado, una vez que te han multado los compañeros , tienes a partir del día siguiente 15 dias hábiles para efectuar recurso en caso que no estuvieras deacuerdo con la denuncia; en caso contrario si quieres abonarla en el plazo de 30 dias naturales se te aplicaría un descuento del 30 % a la cuantía económica. Si efectuas recurso y después quieres abonarla este descuento del 30% ya no se te aplicaría.
El recurso puedes expresar y solicitar lo que desees, estas en tu derecho, no obstante te informo que todo lo relacionado al aparato cinemometro empleado para la medición de la velocidad está homologado y con la revisión periódica pasada en el plazo correspondiente. En cuanto la fotografía supongo que habrá salido bastante bien, no se que tipo de fotografía te han realizado es decir si a traves de carrete fotografico o por programa informático. Si es por carrete fotografíco hay que esperar al revelado del mismo si por el contrario es por programa informático( que será lo más probable) la fotografía se ve al momento y seguramente estará perfecta. En cuanto a la colocación del coche radar sinceramente no creo que te sirva de nada, ni que sirva de escusa para tu exceso de velocidad; no obstante si tu crees que es causa para que te retiren la multa recurre, aunque desde mi punto de vista no te daran la razón.

2.- El margen de error que comentas se aplica de la siguiente forma:
En tu caso, por ejemplo que es una vía limitada a 60 km/h según las tablas e intrucciones de la DGT es denunciable a partir de 71 km/h inclusible. Todas aquellas velocidades que el radar detecte que no superen los 70 km/ no son denunciables. Por general la velocidad que los vehiculos marcan son superiores a la que realmente circulan. Pero el porcentaje que comentas se aplica a la velocidad que esta limitada la vía y no a la que circulas.-

3.- Si pagas pronto significa que se finaliza el procedimiento abierto con la denuncia. Supongo que el que paga lo hace por aprovechar el descuento y porque realmente reconoce que iba circulando a esa velocidad. Si no estas segura de la fotografía o de la medición que se realizó pues acercate a la Jefatura de Tráfico y solicita si te pueden enseñar al menos la fotografía, la cual es adjuntada a la denuncia con la revisión en vigor del aparato radar, con esto quizás conseguiras saber con más certeza si es necesario o no realizar ese recurso y al mismo tiempo no perderias el derecho al 0% descuento al no realizar recuerso alguno. Por cierto no conozco ninguna página Weeb supongo que hay muchas pero que te garanticen la anulación seran pocas y si lo hacen mienten.-
Espero haber ayudado


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