Hola a todos, el caso es que me acaban de poner una multa en la M-40 por conducción negligente. Han alegado que circulaba deprisa y que no respetaba la distancia de seguridad. Ha sido una patrulla de la GC de esas que no llevan cinemómetro pero que van con coche de incognito. La multa es de 300 euros, 4 puntos y 3 meses de retirada. El caso es, hoy es 26/11/2009 y ayer 25/22/2009 entro en vigor la nueva ley de tráfico, en la que las multas por conducción negligente pasan a no costar puntos, no es así? Entonces la multa estaría mal? O tendría que pagar igualmente pero no me quitarían los puntos? Y la retirada de 3 meses? En el reverso de la multa indica que si se realiza el pronto pago se reduce la cuantía en un 30%, pero con la nueva ley es un 50%, por lo que me estan notificando mal mis derechos, no? Aparte indican mal el limite de velocidad en diche zona, aunque al no ser multa de veolcidad no se si influye.
Es conveniente recurrir? Recurrir el que?? Lo de los puntos hay que recurrirlo o se hace automáticamente??
Un saludo y gracias de antemano por vuestras respuestas.
Multa por conducción negligente
Re: Multa por conducción negligente
no te quitan puntos por esa infracción pero si que la vas a tener que pagar.
Por otro lado conduce mas despacio la proxima vez y respeta la distancia de seguridad que muchas veces pensamos que vamos bien y en realidad es todo lo contrario.
Por otro lado conduce mas despacio la proxima vez y respeta la distancia de seguridad que muchas veces pensamos que vamos bien y en realidad es todo lo contrario.
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