Hola a todos, soy nuevo aquí, ante todo un saludo.
Allá por junio de 2009 estacioné mi vehículo en una zona de carga y descarga, torpe de mi no vi la señal, y me multaron.
Hasta ahí todo parece ir normal, salvo por dos cosas:
- No me pusieron una multa, sino dos (ambas de 180€).
- La multa fue puesta por una reguladora del SER, que por lo que he leído no tienen jurisdicción para poner este tipo de multas.
Pregunté a un chico (bastante majo) que se encargaba de regular el SER por otra calle, y me dijo que sólo podían ponerme una, y también me dijo que él no podía poner multas así.
Recurrí ambas multas y me acaban de llegar de nuevo, haciendo caso omiso a mis alegaciones.
¿Alguien sabe dónde puedo encontrar artículos sobre este tema que me ayuden a defenderme? He buscado en el código de circulación de la web de la DGT y no he encontrado nada donde me pueda amparar.
Cualquier otra ayuda sería agradecida, saludos!
Dos Multas por estacionamiento en carga y descarga
Moderador: santander
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juanluis411
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recursosdesanciones
Re: Dos Multas por estacionamiento en carga y descarga
buenos dias, en la web de trafico encontraras la legislacion referenta al RGC (reglamento general de circulacion) y la LSV (ley de seguridad vial) pero la legislacion de las zonas azules esta recogida en las distintas Ordenanzas Municipales (o lo que es lo mismo, cada ayunamiento tiene su propia normativa), no obstante hay que tener en cuenta ue cualquier ciudadano que observe una infraccion puede denunciar a otro, es lo que se llama denuncia voluntaria.
en recursos de sanciones punto com somos especialistas en la reclamacion de multas.
saludos
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juanluis411
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Re: Dos Multas por estacionamiento en carga y descarga
****publicidad no admitida **** escribió:buenos dias, en la web de trafico encontraras la legislacion referenta al RGC (reglamento general de circulacion) y la LSV (ley de seguridad vial) pero la legislacion de las zonas azules esta recogida en las distintas Ordenanzas Municipales (o lo que es lo mismo, cada ayunamiento tiene su propia normativa), no obstante hay que tener en cuenta ue cualquier ciudadano que observe una infraccion puede denunciar a otro, es lo que se llama denuncia voluntaria.
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saludos
Gracias por responder, en la web de la DGT miré el reglamento pero no encontré nada, luego busqué en el apartado S.E.R. del ayuntamiento de madrid, donde vienen todas las normativas, pero en ningún sitio pone quién tiene potestad de poner algún tipo de multas, ni tampoco el tiempo que debe transcurrir entre multa y multa, me voy a volver loco.
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