Duda grande sobre multa de velocidad

Todas aquellas denuncias por exceso de velocidad. Graves o muy Graves.
JoseMaria
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Duda grande sobre multa de velocidad

Mensajepor JoseMaria » Mié May 05, 2010 11:03 am

Hola, soy nuevo en el foro y quisiera comentar un problema que tenemos mi mujer y yo con una multa de tráfico de velocidad. La historia es un poco complicada, intentaré explicarla lo mejor que pueda y sin extenderme demasiado.

Resulta que en abril de 2008 multaron a mi mujer por circular a 121 km/h en una zona de 100 km/h, pero el problema está en que la multa se la enviaron a la dirección que le constaba en el carné de conducir en lugar de a la dirección del coche, que eran direcciones diferentes porque se había mudado y no había cambiado la del carné. Lógicamente no la recibió y le enviaron el segundo aviso (el de los 310€ por no identificar al conductor) que tampoco recibió.

En mayo de 2008 le volvieron a multar por lo mismo en el mismo sitio (sí, ya lo sé, menuda metida de pata) y le volvieron a enviar la multa a la dirección que no era, pero esta vez, el segundo aviso si que le llegó a la dirección del coche, así que si que lo recibimos.

Consultamos con abogados del seguro del coche (Mapfre) y nos dijeron que estaba ganado, ya que la multa tiene que ir siempre a la dirección del coche, ya que no tiene porqué ser el propietario el que conduzca en ese momento.

Hasta aquí señalar que sólo teníamos constancia de la segunda multa, no conocíamos la existencia de la primera.

A todo esto, cuando estábamos mirando para hacer el recurso, en mayo de 2009 nos llega un aviso de Hacienda reclamando 372€ por la multa (la primera) en concepto de multa y atrasos. Nosotros con la segunda multa en la mano, pensamos que es la misma y consultamos con los abogados que nos recomiendan pagar la multa para estar en paz con Hacienda y hacer el recurso de la multa, con lo cual cuando se resolviera nos devolverían el dinero.

Aquí viene la metida de pata, pagamos a Hacienda la primera multa, pensando que estamos pagando la segunda, ya que lo único que tenemos es un papel de Hacienda reclamándonos una multa del mismo importe que la que habíamos recibido y después presentamos un recurso frente a la segunda multa, que es la que habíamos recibido. Ya estamos en agosto de 2009.

Hace un par de semanas, fuimos a tráfico a interesarnos por el estado del recurso y nos dicen que está ganado, pero que la multa que pagamos y la que recurrimos no es la misma, así que no nos van a devolver el dinero pagado.

Los abogados del seguro nos dicen que es una metida de pata muy grande, que teníamos que haber comprobado que las multas no eran las mismas, pero no teníamos medio de saberlo, tan sólo un número de referencia en el papel de Hacienda que no sabíamos que tenía que corresponder con el de la multa, ya que el papel era de Hacienda y no de tráfico. Ahora nos dicen que probablemente el tiempo de recurrir se haya pasado.

No sabemos que hacer, ya que nos sentimos totalmente indefensos frente a un sistema que nos ha castigado por no identificar al conductor de una infracción, cuando en ningún momento nos han dado la oportunidad de hacerlo y además nos han cobrado con recargo una multa de cuya existencia sólo hemos sabido a través de un aviso de Hacienda.

Espero no haberme extendido demasiado y haber explicado bien la historia, que tiene miga.

¿Alguien podría proponerme alguna posible solución?

Muchas gracias por vuestra atención.

sande
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Re: Duda grande sobre multa de velocidad

Mensajepor sande » Mar May 11, 2010 11:51 am

JoseMaria escribió:La historia es un poco complicada, intentaré explicarla lo mejor que pueda

Complicada és, pero no más que el punto de cruz. Muy bien explicada. Te doy un 10 en redacción. :)

se la enviaron a la dirección que le constaba en el carné de conducir en lugar de a la dirección del coche, que eran direcciones diferentes porque se había mudado y no había cambiado la del carné

Todas esas cosillas, que nunca nos acordamos de hacer, son obligatorias.

En mayo de 2008 le volvieron a multar por lo mismo en el mismo sitio (sí, ya lo sé, menuda metida de pata)

"el hombre es el unico animal que tropieza...blablabla". Yo "tropecé" 3 veces con el mismo semaforo y 3 con el mismo radar. Soy más enemigo público que todos los foreros juntos :twisted:

Consultamos con abogados del seguro del coche (Mapfre) y nos dijeron que estaba ganado, ya que la multa tiene que ir siempre a la dirección del coche

Sí, estaba ganado pero no porque ellos sean muy buenos, sino por la desidia y desinformación del funcionario de turno que no fué capaz de corregir un simple error de forma (con lo cual volvería a empezar el expediente).

Hasta aquí señalar que sólo teníamos constancia de la segunda multa, no conocíamos la existencia de la primera.

Y lo felices que fuisteis esos meses sin saber que la justicia os perseguía, que? :D

Nosotros con la segunda multa en la mano, pensamos que es la misma y consultamos con los abogados que nos recomiendan pagar la multa para estar en paz con Hacienda y hacer el recurso de la multa, con lo cual cuando se resolviera nos devolverían el dinero.

La recomendación no es tal, es obligación. Para recurrir el "embargo" de hacienda es obligatorio depositar la cuantía de la multa y os devolverían el dinero siempre y cuando ganaseis el recurso, claro. Además, y esto es importante, el recurso que cabe no es por la multa de trafico, el recurso es ante el embargo de hacienda simplemente, con lo cual quiero decir que el embargo está bien hecho y por lo tanto poco recurso cabe a eso.

Los abogados del seguro nos dicen que es una metida de pata muy grande, que teníamos que haber comprobado que las multas no eran las mismas, pero no teníamos medio de saberlo, tan sólo un número de referencia en el papel de Hacienda que no sabíamos que tenía que corresponder con el de la multa, ya que el papel era de Hacienda y no de tráfico

Comprobarlo vosotros? Y por qué no lo comprueban ellos que son los que cobran? Una simple llamada a hacienda serviría para deciros que es por una multa de tráfico y, además, el amable funcionario de hacienda habría informado que teníais el expediente en tráfico y que gustosamente os lo mostrarían para saber exactamente que multa era. Una "curiosidad" a este respecto: prueba a meter en Google el nombre o dni (o ambos) de tu esposa, o el tuyo, y casi con total seguridad verás que apareces publicado en un Boletin Oficial de la Provincia (o similar) con la infracción que has cometido y con una "llamada" (posiblemente punto 1) que quiere decir que como no consiguieron notificarte en el domicilio, te han publicado en el BOP (requisito imprescindible) y la llamada del punto 1 vendrá a ser algo asi como "..no identificar conductor".

Ahora nos dicen que probablemente el tiempo de recurrir se haya pasado.

Probablemente? Los plazos están escritos. O es, o no es.

No sabemos que hacer, ya que nos sentimos totalmente indefensos frente a un sistema que nos ha castigado por no identificar al conductor de una infracción, cuando en ningún momento nos han dado la oportunidad de hacerlo

La oportunidad la perdisteis vosotros por no cambiar en su día los domicilios. (Perdón por este golpe en el estomago..pero es asi) :cry:

¿Alguien podría proponerme alguna posible solución?

Si. Yo. Te voy a contar la parte buena, que la mala ya te la cuentan tus abogados :D Cuando te piden identificar al conductor es que le van a cascar como mínimo un par de puntos. No sé cuanto es la multa, pero supongo que andará como mínimo por los 150 €uros. Moraleja: has pagado 370 €uros de multas. Te has ahorrado 300 €uros (de las dos multas, una por recurrida y ganada y la otra porque se "transformó" en una multa de "no identificar al conductor") y 4 puntos como mínimo (entre las dos multas). Total: has perdido 70 €uros (más o menos) pero has conservado 4 puntos. ¿Cuanto valen esos puntos? En teoría lo que cuesta el cursillo (sobre 200 euros, me parece), más las horas del cursillo que tienes que perder en ir a hacerlo. Después de todo, creo que no has salido mal parado del todo, ¿no?

Muchas gracias por vuestra atención

De nada. Ha sido un placer.
:wink:

JoseMaria
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Re: Duda grande sobre multa de velocidad

Mensajepor JoseMaria » Jue May 13, 2010 6:36 am

sande escribió:Si. Yo. Te voy a contar la parte buena, que la mala ya te la cuentan tus abogados :D Cuando te piden identificar al conductor es que le van a cascar como mínimo un par de puntos. No sé cuanto es la multa, pero supongo que andará como mínimo por los 150 €uros. Moraleja: has pagado 370 €uros de multas. Te has ahorrado 300 €uros (de las dos multas, una por recurrida y ganada y la otra porque se "transformó" en una multa de "no identificar al conductor") y 4 puntos como mínimo (entre las dos multas). Total: has perdido 70 €uros (más o menos) pero has conservado 4 puntos. ¿Cuanto valen esos puntos? En teoría lo que cuesta el cursillo (sobre 200 euros, me parece), más las horas del cursillo que tienes que perder en ir a hacerlo. Después de todo, creo que no has salido mal parado del todo, ¿no?
:wink:


Lo siento pero sí que hemos salido mal parados, ya que cada multa era de 100€ con un descuento del 30% si se pagaba pronto y no quitaba puntos, con lo que si nos hubieran llegado los dos avisos sólo hubiéramos tenido que pagar 140€ entre las dos multas y ningún punto.

Gracias por las respuestas. Un saludo.

sande
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Re: Duda grande sobre multa de velocidad

Mensajepor sande » Jue May 13, 2010 12:58 pm

A ver...
Siento discrepar en algunas cosas que, como mínimo, no te han explicado bien tus abogados.
Si me lo permites, voy a hacer una pequeña valoración sobre lo que yo creo que son las circunstancias que rodean a tus sanciones.
Para ello, iré por partes, o mejor dicho, por multas, ya que no son iguales y ni tan siquiera parecidas.

La 1ª multa, de la que no tuviste conocimiento hasta que te llegó la carta de Hacienda, se desarrolló de la siguiente manera:
- Te pilla el radar y evidentemente no te enteraste.
- Te mandan la notificación en la que incluyen, como mínimo, 3 cosas: la cuantía de la multa, los puntos que van a quitar y que identifiques al conductor.. Esa identificación del conductor es precisamente para quitarle a él los puntos en cuestión.
- Esa notificación la mandaron a un domicilio que ya no es el actual. Obviamente no la recoges y te vuelven a mandar otra notificación (al mismo domicilio) en la que te dicen que te van a sancionar con 310 €uros (las sanciones por eso van de 301 a 1500) por no identificar al conductor. Esto quiere decir que tu multa de tráfico (con sanción y puntos) se ha muerto y se convirtió en una multa por no colaborar con la Administración..
- Como tampoco recibes esta nueva sanción (evidentemente si no recibiste la primera mal vas a poder recibir la segunda, tratándose del mismo domicilio desactualizado), proceden a publicarte en el Boletin Oficial de la Provincia, de tan amplisima difusión como nula lectura por parte del ciudadano medio.
- Cumplido este requisito obligatorio por parte de ellos, la sancion (recuerda que es ya una sanción por no identificar) se la mandan a la todopoderosa Hacienda, que te encuentra y te manda la sanción de marras. Son 310 €uros, + gastos demora + gestión. Puedes recurrir (con previo depósito de la cantidad), pagar, irte al contencioso o esperar a que te embarguen tu nómina o tu cuenta del banco. Evidentemente, lo razonable es pagar, ya que el recurso no es por la sanción de trafico, el recurso tiene que ser ante el embargo. Y el embargo está bien hecho y las defensas son nulas (casi exclusivamente se puede alegar fallecimiento. Obviamente no es el caso ni es deseable :D )

Esta primera multa está rodeada por unas circunstancias que son: tú nunca puedes decir que ibas a 120 por la carretera porque no has recibido la multa y tampoco sabes si lleva puntos o no (que sí los lleva precisamente por lo de identificar al conductor, como dije antes), ni el importe de la misma, así que no se quien te dijo que las dos multas son iguales.

La 2ª multa, que puede parecer igual que la primera pero no lo es.
Y no lo es por lo siguiente: Cuando te pilla el radar, si la multa no lleva pérdida de puntos (como así dices que es) es una sanción económica. Ello se debe a que no superaste "lo suficiente" el limite de velocidad como para que lleve puntos. Estas multas suelen ser mas "baratas", como en tu caso que es de "solo" 100 €uros. En éstas no se pide identificar al conductor, ya que no se le va a quitar puntos a nadie.
Si por lo que sea, la multa no llega al domicilio, como en tu caso que lo mandaron al viejo, sigue un trámite similar al anterior, con la diferencia de que no se convierte en una multa por no colaborar con la Administración (de 301 a 1500), pero sí que le afectan los intereses de demora, gestión y demás.

Esa es la historia de tus multas, y creo que no me equivoco demasiado valorandolo asi.
Un saludo.

:)


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