hola a tod@s!
Me han llegado 2 multas de la policia portuaria.
1- Por estar aparcado tocando el carril bici.
2- por estar mal estacionado y con retirada de grua.
Las multas son de 150€ cada una y no se que pasaria en caso de no pagarlas, o si se pueden recurrir.
Las del ayuntamiento se que si no las pagas tampoco sucede nada si tu no eres de ese ayuntamiento, la duda esta en este tipo de policia.
Os pido asesoramiento puesto que nunca fui sancionado x esta policia.
muchas gracias!!
multas de policia portuaria
Re: multas de policia portuaria
Los puertos son dominio público portuario. Las autoridades Portuarias ejercen en ellos la potestad que la ley de Puertos les asigna.
En algunos puertos las infracciones a la normativa de tráfico se sanciona con arreglo a la Ley de Puertos y su Reglamento de ejecución. Para ello sí son competentes los agentes de la policía portuaria, siempre que se atengan a la normativa mencionada.
Si la denuncia fue por infracción la la Ley de SEguridad Vial o Código de la Circulación la competencia de la policia del puerto está más que discutida.
Por tanto tu caso va a depender de la sanción que se te ha impuesto.
Luego dependerá de la Autoridad Portuaria correspondiente el interés en el cobro. Algunas A.P sí utilizan los medios para el cobro que la ley les permite, publicación en le B.O.P. si no se consigue notificar con el infractor, etcc. En otras supongo que el esfuerzo pora cobrar no compensa los ingresos por las multas.
Ten en cuenta además que el plazo de prescripción de las denuncias a la Ley de Puertos es mucho mayor, infracciones leves pueden ser sancionadas hasta al año de haberse producido
Saludos.
En algunos puertos las infracciones a la normativa de tráfico se sanciona con arreglo a la Ley de Puertos y su Reglamento de ejecución. Para ello sí son competentes los agentes de la policía portuaria, siempre que se atengan a la normativa mencionada.
Si la denuncia fue por infracción la la Ley de SEguridad Vial o Código de la Circulación la competencia de la policia del puerto está más que discutida.
Por tanto tu caso va a depender de la sanción que se te ha impuesto.
Luego dependerá de la Autoridad Portuaria correspondiente el interés en el cobro. Algunas A.P sí utilizan los medios para el cobro que la ley les permite, publicación en le B.O.P. si no se consigue notificar con el infractor, etcc. En otras supongo que el esfuerzo pora cobrar no compensa los ingresos por las multas.
Ten en cuenta además que el plazo de prescripción de las denuncias a la Ley de Puertos es mucho mayor, infracciones leves pueden ser sancionadas hasta al año de haberse producido
Saludos.
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Piltakas
Re: multas de policia portuaria
Pues lamento decirte que te llegará, de hecho a mí me quitaron de la delcararción de Hacienda una multa de la Policía Portuaria
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empleado.
Re: multas de policia portuaria
Piltakas escribió:Pues lamento decirte que te llegará, de hecho a mí me quitaron de la delcararción de Hacienda una multa de la Policía Portuaria
Si, algunas A.P. son eficientes. Otras no.
Pero en cualquier caso se debe reclamar. Y ello porque las de L.S.V. son ilegales y las denuncias puestas por Reglamento o Ley de Puertos no tienen descuento por pronto pago.
Saludos.
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recurrir-multas.info
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Re: multas de policia portuaria
Seguramente te llegue, han ampliado el plazo de prescripción a 4 años....
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