Hola a todos, estoy mirando por el foro, pero me gustaria que me aconsejasen particularmente mi situacion.
Me han puesto una multa muy grave en un tramo de 40 y me ha llegado hoy (02/03/2007) la notificacion de denuncia del ayuntamiento correspondiente diciendo que el 22/12/2006 estoy denunciado por pasar a una velocidad superior entre 31 y 40 Km/h por un tramo de 40.
El coche lo compre en octubre y la multa por lo visto le devio llegar a la otra persona porque los tramites que realizaba la gestoria a esa fecha el coche debia de figurar a nombre de la otra persona, pero claro a mi me acaba de llegar ahora y no se si se ha pasado algun plazo o algo asi. La multa son 301€ normal y reducida 205 (no lo se exactamente) y me dicen que tambien que son 6 puntos y retirada entre 1 y 3 meses. Mi duda es que al no habermelo notificaco antes si puedo alegar algo ante esta situacion, y ademas tampoco me pararon y en la notificacion del ayuntamiento correspondiente no me adjuntan ninguna foto.
Que posibilidades tengo? que puedo hacer?
Muchas gracias a todos y espero que podais ayudarme
Gracias.
Multa de exceso de velocidad muy grave
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favg
Estimado Daniel,
Si hay alguna manera de demostrar que a fecha de la presunta infracción, 22-12-2006, el coche no figuraba a tu nombre (documentalmente: permiso de circulación, compraventa del vehículo, etc.), puedes alegar vulneración del principio de personalidad de la sanción para evitarla como cuestión de fondo.
En cualquier caso, al margen de esto, y dado que la pérdida de 6 puntos es obligatoria en este tipo de infracciones, es más que recomendable alargar el procedimiento para forzar caducidad (1 año) o indefensión o cualquier otra causa de nulidad del procedimiento.
F.A.V.G.
www.+++PUBLICIDAD NO ACEPTADA++++
Si hay alguna manera de demostrar que a fecha de la presunta infracción, 22-12-2006, el coche no figuraba a tu nombre (documentalmente: permiso de circulación, compraventa del vehículo, etc.), puedes alegar vulneración del principio de personalidad de la sanción para evitarla como cuestión de fondo.
En cualquier caso, al margen de esto, y dado que la pérdida de 6 puntos es obligatoria en este tipo de infracciones, es más que recomendable alargar el procedimiento para forzar caducidad (1 año) o indefensión o cualquier otra causa de nulidad del procedimiento.
F.A.V.G.
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