descanso semanal despues de una semana rara
-
José Luis
descanso semanal despues de una semana rara
Buenas noches a todos necesito que me aclareis una duda que tengo pues he tenido una semana muy rara de trabajo con muchos descansos y no se que descanso semanal tengo que hacer en este caso, porque es la primera vez que me ocurre :
Domingo empiezo la semana a trabajar a las 09:00h con mi descanso semanal de 50 horas como minimo
Lunes paro a las 23:OOh
Martes no tengo viaje y no hago nada
Miercoles empiezo mi jornada a las 06:00h han pasado 31 horas en descanso. y vuelvo a parar a las 17:00h
Jueves empiezo mi jornada a las 23:00h han pasado 30 horas en descanso
Viernes hago una jornada de trabajo normal
Sabado termino a las 07:00h.
Antes de exponer mis dudas decir que llevo muchas semanas haciendo mis descansos semanales superando con creces las 45h minimas pues ningún descanso que echo esta semana se puede aplicar a recuperación de descansos semanales anteriores.
¿LOS DESCANSOS QUE TENGO DE 30 HORAS SON DIARIOS Ó SEMANALES?
¿SI SON SEMANALES EL SEGUNDO QUE TENIA QUE HABER ECHO 45H DESPUÉS QUE APENAS TRABAJO?
¿SON LOS DOS DIARIOS?
¿UNO LO PUEDO CONSIDERAR DIARIO Y OTRO SEMANAL REDUCIDO?
¿EL SEGUNDO ES RECUPERACIÓN DE DESCANSO SEMANAL DEL PRIMERO?
¿SI MAÑANA DOMINGO TENGO QUE SALIR DE VIAJE CON OTRAS 28H DE DESCANSO PUEDO?
Domingo empiezo la semana a trabajar a las 09:00h con mi descanso semanal de 50 horas como minimo
Lunes paro a las 23:OOh
Martes no tengo viaje y no hago nada
Miercoles empiezo mi jornada a las 06:00h han pasado 31 horas en descanso. y vuelvo a parar a las 17:00h
Jueves empiezo mi jornada a las 23:00h han pasado 30 horas en descanso
Viernes hago una jornada de trabajo normal
Sabado termino a las 07:00h.
Antes de exponer mis dudas decir que llevo muchas semanas haciendo mis descansos semanales superando con creces las 45h minimas pues ningún descanso que echo esta semana se puede aplicar a recuperación de descansos semanales anteriores.
¿LOS DESCANSOS QUE TENGO DE 30 HORAS SON DIARIOS Ó SEMANALES?
¿SI SON SEMANALES EL SEGUNDO QUE TENIA QUE HABER ECHO 45H DESPUÉS QUE APENAS TRABAJO?
¿SON LOS DOS DIARIOS?
¿UNO LO PUEDO CONSIDERAR DIARIO Y OTRO SEMANAL REDUCIDO?
¿EL SEGUNDO ES RECUPERACIÓN DE DESCANSO SEMANAL DEL PRIMERO?
¿SI MAÑANA DOMINGO TENGO QUE SALIR DE VIAJE CON OTRAS 28H DE DESCANSO PUEDO?
-
FERMINEITOR
Re: descanso semanal despues de una semana rara
Si como bien dices comienzas la "semana flexible" el domingo a las 09:00 h., la misma puede durar hasta las 09:00 h. del Sabado.
Si antes de ese dia haces algun periodo de descanso superior a 24 h., se puede considerar este como un DESCANSO SEMANAL.
Si como en el caso tuyo, haces DOS periodos de descanso superiores a 24 h., uno de ellos puede consierarse como DESCANSO SEMANAL, y dar por finalizada esa "semana flexible", y el segundo periodo, efectivamente puede considerarse como un "descanso diario" al que le añadimos la "compensacion", de las horas reducidas en ese periodo que hemos elegido como "descanso semanal".
Y ahora viene cuando la matan....Yo entiendo, que si has hecho un DESCANSO SEMANAL REDUCIDO, aunque lo hayas compensado despues, el siguiente descanso semanal que hagas tiene que ser obligatoriamente DESCANSO SEMANAL NORMAL, y por tanto de como minimo 45 horas, en caso contrario, estarias haciendo dos descansos semanales reducidos SEGUIDOS, y eso no está permitido.
Se nos puede dar otro supuesto. Si NO consideramos estos dos periodos de mas de 24 h. como descansos semanales, ninguno de ellos, y por el contrario los consideramos DESCANSOS DIARIOS, tienes que tener en cuenta que tendrías que hacer despues de las 09:00 h un DESCANSO SEMANAL, y como el último descanso realizado habia sido NORMAL, 50 H., efectivamente podrías hacer un descanso de tan solo 28 h., ya que podrías hacer un DESCANSO SEMANAL REDUCIDO.
La verdad es que me he quedado pillado, porque puedes hacer las dos cosas, y las dos estarían bien hechas.
No sé como interpretaría esta situacion el servidor informatico del MFOM, en caso de un analisis de actividades. Si fuera posible analizar con un programa de gestion, tal vez veriamos como lo interpretaba, pero lo que puede ocrurrir es que al existir las dos posibilidades, elija aleatoriamente su postura y su interpretacion.
YO CREO, que se puede hacer de las dos maneras, elproblema viene a la hora de interpretarlo, unos lo haran de una manera y otros de otra.
Si antes de ese dia haces algun periodo de descanso superior a 24 h., se puede considerar este como un DESCANSO SEMANAL.
Si como en el caso tuyo, haces DOS periodos de descanso superiores a 24 h., uno de ellos puede consierarse como DESCANSO SEMANAL, y dar por finalizada esa "semana flexible", y el segundo periodo, efectivamente puede considerarse como un "descanso diario" al que le añadimos la "compensacion", de las horas reducidas en ese periodo que hemos elegido como "descanso semanal".
Y ahora viene cuando la matan....Yo entiendo, que si has hecho un DESCANSO SEMANAL REDUCIDO, aunque lo hayas compensado despues, el siguiente descanso semanal que hagas tiene que ser obligatoriamente DESCANSO SEMANAL NORMAL, y por tanto de como minimo 45 horas, en caso contrario, estarias haciendo dos descansos semanales reducidos SEGUIDOS, y eso no está permitido.
Se nos puede dar otro supuesto. Si NO consideramos estos dos periodos de mas de 24 h. como descansos semanales, ninguno de ellos, y por el contrario los consideramos DESCANSOS DIARIOS, tienes que tener en cuenta que tendrías que hacer despues de las 09:00 h un DESCANSO SEMANAL, y como el último descanso realizado habia sido NORMAL, 50 H., efectivamente podrías hacer un descanso de tan solo 28 h., ya que podrías hacer un DESCANSO SEMANAL REDUCIDO.
La verdad es que me he quedado pillado, porque puedes hacer las dos cosas, y las dos estarían bien hechas.
No sé como interpretaría esta situacion el servidor informatico del MFOM, en caso de un analisis de actividades. Si fuera posible analizar con un programa de gestion, tal vez veriamos como lo interpretaba, pero lo que puede ocrurrir es que al existir las dos posibilidades, elija aleatoriamente su postura y su interpretacion.
YO CREO, que se puede hacer de las dos maneras, elproblema viene a la hora de interpretarlo, unos lo haran de una manera y otros de otra.
-
HOLA HOLITA
- Mensajes: 483
- Registrado: Vie Ago 06, 2010 5:57 pm
Re: descanso semanal despues de una semana rara
Buenas,
Si queréis puedes usar el tema de "INFORME DE INFRACCIONES GRATUITO" y mandarme el archivo de conductor a descarga@tacografodigital.com y pruebo con tres programas diferentes que nos cuenta cada uno y luego podemos comentar entre todos la jugada.
Fermineitor que pasó con el tema ¿ EXENTO TACÓGRAFO ?, no se si la pregunta es un poco tonta o bien que no tiene respuesta, je, je.
Un saludo,
www.tacografodigital.com
Si queréis puedes usar el tema de "INFORME DE INFRACCIONES GRATUITO" y mandarme el archivo de conductor a descarga@tacografodigital.com y pruebo con tres programas diferentes que nos cuenta cada uno y luego podemos comentar entre todos la jugada.
Fermineitor que pasó con el tema ¿ EXENTO TACÓGRAFO ?, no se si la pregunta es un poco tonta o bien que no tiene respuesta, je, je.
Un saludo,
www.tacografodigital.com
-
HOLA HOLITA
- Mensajes: 483
- Registrado: Vie Ago 06, 2010 5:57 pm
Re: descanso semanal despues de una semana rara
Buenas de nuevo,
Revisando la 561/2006 y según dice "En el transcurso de dos semanas consecutivas el
conductor tendrá que tomar al menos:
— dos períodos de descanso semanal normal, o
— un período de descanso semanal normal y un período de
descanso semanal reducido de al menos 24 horas;" y por lo tanto si podrías coger dos descansos semanales seguidos de 24 horas solo que en el transcurso de dos semanas tendría que haber otro de 45 horas. En cuanto a si se cuenta como descanso diario o semanal entiendo que la legislación lo deja a tu elección e incluso el mismo descanso semanal te cuenta como diario por lo que dice de " Un período de descanso diario podrá ampliarse para transformarse en un período de descanso semanal normal o
reducido".
Un saludo,
WWW.TACOGRAFODIGITAL.COM
Revisando la 561/2006 y según dice "En el transcurso de dos semanas consecutivas el
conductor tendrá que tomar al menos:
— dos períodos de descanso semanal normal, o
— un período de descanso semanal normal y un período de
descanso semanal reducido de al menos 24 horas;" y por lo tanto si podrías coger dos descansos semanales seguidos de 24 horas solo que en el transcurso de dos semanas tendría que haber otro de 45 horas. En cuanto a si se cuenta como descanso diario o semanal entiendo que la legislación lo deja a tu elección e incluso el mismo descanso semanal te cuenta como diario por lo que dice de " Un período de descanso diario podrá ampliarse para transformarse en un período de descanso semanal normal o
reducido".
Un saludo,
WWW.TACOGRAFODIGITAL.COM
-
José Luis
Gracias a todos por contestarme,yo no entiendo mucho pero lo que no veo logico es que yo una semana puedo hacer 6 jornadas de trabajo con mis respectivos descansos diarios y porsupuesto no pasandome de 56h de conducción semanal y és totalmente legal y ahora esta semana trabajo poco voy super sobrado de descansos y pocos horas de conducción pero como descanso varios dias mas de 24h voy espuesto a como me lo quieran interpretar .¡¡¡CADA DIA ENTIENDO MENOS COMO HACER LAS COSAS BIEN¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡
Pues bien en el tiempo que llevo en el transporte nunca me ha ocurrido lo que esta semana pero en fin la faena esta como esta.
Ahora bien lo que no se como lo pueden interpretar pero creo que con un poco de sentido común entiendo que es razonable,yo para mí he terminado mi semana el sabado con 142 horas de permanencia después de cuando comenzé ,totalmente legal ¿NÓ? y hago un descanso semanal reducido de 28 horas y empiezo a trabajar una nueva semana.
¿LO VEIS COMO YO?
¿FERMINEITOR QUE HARIAS EN MI CASO?
SALUDOS PARA TODO EL FORO Y EN ESPECIAL A FERMINEITOR POR SU SABIDURIA Y EL TIEMPO QUE PIERDE EN AYUDARNOS A LOS DEMÁS.
Pues bien en el tiempo que llevo en el transporte nunca me ha ocurrido lo que esta semana pero en fin la faena esta como esta.
Ahora bien lo que no se como lo pueden interpretar pero creo que con un poco de sentido común entiendo que es razonable,yo para mí he terminado mi semana el sabado con 142 horas de permanencia después de cuando comenzé ,totalmente legal ¿NÓ? y hago un descanso semanal reducido de 28 horas y empiezo a trabajar una nueva semana.
¿LO VEIS COMO YO?
¿FERMINEITOR QUE HARIAS EN MI CASO?
SALUDOS PARA TODO EL FORO Y EN ESPECIAL A FERMINEITOR POR SU SABIDURIA Y EL TIEMPO QUE PIERDE EN AYUDARNOS A LOS DEMÁS.
-
José Luis
Re: descanso semanal despues de una semana rara
Pues bien ante la duda de como me podian interpretar los descansos, el que era de 28 horas lo he completado a 45 horas para evitar posible problemas,para la proxima vez lo que voy hacer es mover el camión antes de que esté 24 horas parado para no tener problemas.
¡¡¡¡CADA DIA ENTIENDO MENOS LAS NORMAS QUE NOS IMPONEN ¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡
GRACIAS POR TODO.
¡¡¡¡CADA DIA ENTIENDO MENOS LAS NORMAS QUE NOS IMPONEN ¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡
GRACIAS POR TODO.
-
FERMINEITOR
Re: descanso semanal despues de una semana rara
Es muy dificil dar consejos, cuando la norma es ambigua. Como te dije el otro dia, es posible hacerlo de las dos maneras, y las dos estarian bien.
Tu eres quien debe decidir que hacer. Lo malo de todo esto es que este caso queda supeditado a diferentes interpretaciones.
Tu eres quien debe decidir que hacer. Lo malo de todo esto es que este caso queda supeditado a diferentes interpretaciones.
-
el tio de la jarra
Re: descanso semanal despues de una semana rara
Buenas, el puto internet se me colgo justo cuando iva a enviaros un mensaje, que la verdad no aportaba gran cosa, pero era una opinión en la linea de ferminaitor.
Si nos agarramos a que tenemos 144 horas desde que comenzamos la actividad despues de un descanso semanal, yo no veo el problema en que un descanso diario lo hagamos de más tiempo del normal, desde que comencé la semana tengo las 144 horas y hago mis descansos como quiero.
Pero por otra parte si ese descanso lo hago de + de 24 horas se puede considerar descanso semanal, la ambiguedad debería dejar sitio al menos común de los sentidos, el sentido común.
Si te sanciona la administración por esto:
DSemanal normal 1Periodo 2 Periodo 3Perioso 4 periodo 5º Periodo 6 Periodo Descanso Semanal
45 h jornada 26 h DD jornada 26 h DD jornada jornada 45h o reducir hasta 24 h
TE ESTARIAN DENUNCIANDO POR VAGO jajajaja perdón, lo cierto es que como le interpreto a Fermi...depende de la interpretación que se le dé yo para mí están correctamente hechos los descansos, escuchemos la voz de doña PDA. Otra opción es que si eres de digital te acerques a un taller, y que te presten un digifob que te hace una lectura rapida y eficaz de las actividades realizadas.
Yo no estaría muy preocupado, ya que el descanso diario habla de tiempos minimos exigibles pero no de tiempos máximos. Un saludo, Ferminaitor leete esto y lo que no valga me lo comentas, ok.
Por período se entiende 24 horas en seis completamos las 144 horas.
Si nos agarramos a que tenemos 144 horas desde que comenzamos la actividad despues de un descanso semanal, yo no veo el problema en que un descanso diario lo hagamos de más tiempo del normal, desde que comencé la semana tengo las 144 horas y hago mis descansos como quiero.
Pero por otra parte si ese descanso lo hago de + de 24 horas se puede considerar descanso semanal, la ambiguedad debería dejar sitio al menos común de los sentidos, el sentido común.
Si te sanciona la administración por esto:
DSemanal normal 1Periodo 2 Periodo 3Perioso 4 periodo 5º Periodo 6 Periodo Descanso Semanal
45 h jornada 26 h DD jornada 26 h DD jornada jornada 45h o reducir hasta 24 h
TE ESTARIAN DENUNCIANDO POR VAGO jajajaja perdón, lo cierto es que como le interpreto a Fermi...depende de la interpretación que se le dé yo para mí están correctamente hechos los descansos, escuchemos la voz de doña PDA. Otra opción es que si eres de digital te acerques a un taller, y que te presten un digifob que te hace una lectura rapida y eficaz de las actividades realizadas.
Yo no estaría muy preocupado, ya que el descanso diario habla de tiempos minimos exigibles pero no de tiempos máximos. Un saludo, Ferminaitor leete esto y lo que no valga me lo comentas, ok.
Por período se entiende 24 horas en seis completamos las 144 horas.
-
lucía
Re: descanso semanal despues de una semana rara
bueno, para que haya una sanción tiene que haber una infracción y yo no veo infracción en ninguno de los dos casos .... a no ser que a esa mente preclara que es fermineitor se le escape algo .... 
-
FERMINEITOR
Re: descanso semanal despues de una semana rara
Si que puede haber alguna infracción, si la interpretacion es que los descansos de mas de 24 h. y menos de 45 h. que realiza entresemana, sean considerados alguno de ellos como DESCANSO SEMANAL, lo que haria que el descanso de 28 horas del Domingo, fuera otro reducido, y al haber dos descansos semanales reducidos, estaria cometiendo infraccion.
Si por el contrario ninguno de esos dos descansos superiores a 24 h e inferiores a 45 fueran considerados como descansos semanales, sino descansos diarios de duracion superior a lo normal, entonces SI que podria hacer un descanso de 28 horas el domingo.....
Como ya he dicho, es un poco complicado, y todo queda a criterio de la interpretacion que se siga....
Si por el contrario ninguno de esos dos descansos superiores a 24 h e inferiores a 45 fueran considerados como descansos semanales, sino descansos diarios de duracion superior a lo normal, entonces SI que podria hacer un descanso de 28 horas el domingo.....
Como ya he dicho, es un poco complicado, y todo queda a criterio de la interpretacion que se siga....
-
lucía
Re: descanso semanal despues de una semana rara
FERMINEITOR escribió:Si que puede haber alguna infracción, si la interpretacion es que los descansos de mas de 24 h. y menos de 45 h. que realiza entresemana, sean considerados alguno de ellos como DESCANSO SEMANAL, lo que haria que el descanso de 28 horas del Domingo, fuera otro reducido, y al haber dos descansos semanales reducidos, estaria cometiendo infraccion.
Si por el contrario ninguno de esos dos descansos superiores a 24 h e inferiores a 45 fueran considerados como descansos semanales, sino descansos diarios de duracion superior a lo normal, entonces SI que podria hacer un descanso de 28 horas el domingo.....
Como ya he dicho, es un poco complicado, y todo queda a criterio de la interpretacion que se siga....
ya te había entendido, pero si la administración interpreta de la primera de las maneras, queriendo poner una infracción, uno siempre puede alegar que los discos fueron hechos según la segunda opción (ninguno de los descansos >24h y <45h considerados como descansos semanales), la potestad interpretativa debería ser siempre del que hace los discos, siempre que no se incurra en ninguna infracción, pero ya veo que no es así
saludos
-
FERMINEITOR
Re: descanso semanal despues de una semana rara
Tienes toda la razon, la administracion, debe de ser lo suficientemene flexible como para admitir que ante la mas que posible duda de que se estén haciendo las cosas de una determinada manera, y bien, si esa manera se contradice con otra, debe de aplicar el principio legal de "indubio proreo", que para el que no lo sepa, quiere decir que "en caso de duda, siempre a favor del reo", con lo cual deberia de sobreseer el hipotetico boletin formulado, ya que hay contraposicion de maneras de realizar lo ordenado por la normativa.
Ahora bien, no todas las adminsitraciones se rigen igual, y mucho menos son todas igual de "sensibles" a las maneras y formas de trabajar de los usuarios. Hay de todo, pero creo que un buen recurso, en un caso de estos, si que surtiria efecto.
Ahora bien, no todas las adminsitraciones se rigen igual, y mucho menos son todas igual de "sensibles" a las maneras y formas de trabajar de los usuarios. Hay de todo, pero creo que un buen recurso, en un caso de estos, si que surtiria efecto.
Volver a “Sanciones tacógrafo”
¿Quién está conectado?
Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 3 invitados