estacinamiento en carga y descarga utilizando con dicho fin

Multas de estacionamiento y zona azul

Moderador: santander

oscarvicente
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Registrado: Jue Ago 05, 2010 3:39 pm

estacinamiento en carga y descarga utilizando con dicho fin

Mensajepor oscarvicente » Jue Ago 05, 2010 4:02 pm

Hola amigos.
Soy nuevo en este foro, me sancionaron hace algún tiempo por aparcar en carga y descarga, siempre utilizando esa zona, para lo que se indica.
Explico, estoy trabajando en una empresa de distribución de alimentación, tenia que hacer entrega de una mercancía y por no coger el coche de la empresa, fui a entregarla con mi coche. Al paso de varios meses, me sorprende que se recibe una denuncia en el domicilio de mis padres, ya que el coche mío, esta puesto a nombre de mi padre,
En el recurso lo primero que hago es identificar al conductor, y en el mismo recurso hago un pliego de alegaciones , diciendo que estaba utilizando la carga y descarga con ese mismo fin.
Al paso del tiempo me llega la denuncia, esta semana, diciendo que el agente se afirma y se ratifica diciendo que no estaba utilizando la carga y descarga.
Lo que quisiera es que me informases si puedo seguir recurriendo ya que mañana me vence el plaza del recurso, por haber recogido la denuncia en casa de mis padre y yo estar de vaciones.
En el expediente adjunto fotocopia de albaranes de entrega como carta de la empres adonde pone que estaba repartiendo con mi vehículo.
Un saludo

lois
Mensajes: 1136
Registrado: Mié May 19, 2010 7:42 pm

Re: estacinamiento en carga y descarga utilizando con dicho fin

Mensajepor lois » Jue Ago 05, 2010 4:44 pm

Vamos por partes:
1º.- Seguramente te mandaron la carta notificándote la infracción al domicilio de tus padres porque esta es la dirección que consta en la base de tráfico. Para evitar esto, debes cambiar la dirección, además, la ley te obliga a notificar todos los cambios de domicilio, ya que si no lo haces, pueden denunciarte.
2º.- REGLAMENTO Gral DE CIRCULACIÓN:
Art 91: MODO Y FORMA DE EJECUCIÓN (En relación a la parada y el estacionamiento.).
2.- Se consideran paradas o estacionamientos en lugares peligrosos o que obstaculizan gravemente la circulación, los que constituyan un riesgo u obstáculo a la circulación en los siguientes supuestos:
g) Cuando el estacionamiento tenga lugar en una zona reservada a carga y descarga, durante las horas de utilización.

Art 94. LUGARES PROHIBIDOS: (En referencia a la parada y el estacionamiento).
2.- Queda prohibido estacionar:
c) En zonas de carga y descarga.

Como ves, la ley no marca el tipo de vehículos que pueden parar o estacionar en esas zonas, solo dice que sea para carga y descarga. Imagino que el policía que te denunció, considera que el turismo no es un vehículo de transporte, que por lo tanto, no estabas estacionado para dejar mercancía, y por lo que has expuesto anteriormente, me da la impresión de que por muchos albaranes que presentes, se va a ratificar en la denuncia, ya que los turismos, no son vehículos destinados al transporte de mercancias. Espero que tengas suerte con el recurso. Un saludo.


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