tasa de alcolemia 0.66

La prueba ha sido legal? Retirada del permiso, como recurrir...
genma

tasa de alcolemia 0.66

Mensajepor genma » Dom Dic 12, 2010 6:49 pm

HOLA BUENAS TARDES:
Esta mañana despues de una noche en la que no tenia intencion de beber pero lo hice, no me encontraba en condicciones de conducir y me acerque desde la calle colindande donde habiamos dejado mi coche en zona roja( es decir en doble fila autorizada sin freno de mano ) y le pedi a la policia local que porfavor me aparcasen el coche para poder coger un taxi e irme a casa. No habia control de alcoholemia.
En un principio aparcan mi coche correctamente 3 metros mas adelante que habia un hueco y me piden la documentacion,mas tarde me lo retira la grua,despues de obligar a mi amiga a bajarse del vehiculo, me llevan a comisaria para hacer las prueblas y doy en la prueba mas alta 0.66.
Mi pregunta es si tendre algun atenuante por haber ido a pedir ayuda, porque realmente no tenia otro recurso,la persona que iba conmigo no tiene carnet y me temo que iba aun peor que yo.Si se que meti la pata, que tenia que haber ido andando, pero lo echo, echo esta.

¿Alguien me podria decir algo con respecto a este caso? la verdad que jamas he cogido el coche ni con medio vaso de vino y estoy muy asustada y sobre todo creo que no hice nada malo pero estoy dispuesta a asumir las consecuencias.

Muchas gracias a quien pueda decirme algo

genma1

Re: tasa de alcolemia 0.66

Mensajepor genma1 » Dom Dic 12, 2010 9:15 pm

hola buenas tardes otra vez:

He estado leyendo los mensajes que teneis todos colgados en el foro, muchas gracias a todos los que han compartido su experiencia, se que es grave pero al menos estoy mas tranquila de saber que lo de la carcel no se ve, tenia el corazon en un puño ahora solo lo tengo en la garganta.
Tengo el juicio rapido el 15 de diciembre.
Lo que si que he leido en todas las experiencias es que se dice que te han pillado en un control que te han cazado siempre hay un control rutinario por medio pero mi duda es que en mi caso no me han "pillado" he solicitado ayuda precisamente para no cagarla, ¿ me juzgaran exactamente igual por la via penal ? a ver la sancion economica no me importa (entre comillas claro el bolsillo duele y mas si estas en el paro) pero me pregunto si me enviaran a hacer el cursillo. Y me preocupa bastante que todo esto se quede en simple afan recaudatorio.
¿ alguien se le ocurre algo que pueda decir o hacer a mi favor? ¿ a nadie se le ha dado un caso como este o conoce algo tan rocambolesco como esto ? Por favor creo que hasta las opiniones ahora mismo me servirian por lo menos para tener alguna idea de algo.

un saludo y muchas gracias

don multon

Re: tasa de alcolemia 0.66

Mensajepor don multon » Lun Dic 13, 2010 5:36 am

hola gema esto es lo que ay si es tu primera vez al tener juicio rápido doy por sentado que pasas DE 0.6 720 EUROS DE MULTA 10 MESES SIN CARNET 40 días tbc y 900 euros abogado es toba a misa tendrás que hacer un curso de sensibilización vial 350 euros que si es recaudatorio en parte tendrás un antecedente penal no queda todo en multa en los próximos años olvida te de opositar administracion tendrás que leer las bases si te exigen penales estas fuera conozco un chaval que estaba en el ejercito y por una halcolemia perdió el trabajo la cárcel entrarías a parir de la tercera vez max o menos espero sacarte de dudas

saludos

Invitado

Re: tasa de alcolemia 0.66

Mensajepor Invitado » Lun Dic 13, 2010 11:07 am

don multon escribió:hola gema esto es lo que ay si es tu primera vez al tener juicio rápido doy por sentado que pasas DE 0.6 720 EUROS DE MULTA 10 MESES SIN CARNET 40 días tbc y 900 euros abogado es toba a misa tendrás que hacer un curso de sensibilización vial 350 euros que si es recaudatorio en parte tendrás un antecedente penal no queda todo en multa en los próximos años olvida te de opositar administracion tendrás que leer las bases si te exigen penales estas fuera conozco un chaval que estaba en el ejercito y por una halcolemia perdió el trabajo la cárcel entrarías a parir de la tercera vez max o menos espero sacarte de dudas

saludos

Buenos días, la respuesta de don multón, aparte de estar mal redactada, no es correcta. Con una tasa de alcoholemia por encima de 0,60 en aire espirado la infracción es penal. No obstante, con la nueva redacción del Código Penal, en base a la Ley orgánica 5/2010, de 22 de junio, la redacción del artículo que se te va a aplicar es el siguiente:
"1. El que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.

2. Con las mismas penas será castigado el que condujere un vehículo de motor o ciclomotor bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o de bebidas alcohólicas. En todo caso será condenado con dichas penas el que condujere con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro."

Es decir, esta nueva redacción implica que la sanción ya no será acumulativa de multa (sustituta de la pena de prisión) + trabajos en beneficio de la comunidad + retirada del permiso, sino que será de multa o trabajos en beneficio de la comunidad + retirada del permiso; por lo que es seguro que se te condenará a una multa económica y retirada de carnet (las últimas sentencias ya no están incorporando los trabajos en beneficio de la comunidad).

Al tratarse de un delito que puede procesarse mediante juicio rápido (diligencias urgentes), la conformidad con la acusación del fiscal opera automáticamente con una reducción de 1/3 de la sanción propuesta.

Dicho lo anterior, para que te hagas una idea lo "normal" sería una multa de entre 480-720 € y 8 meses y un día de retirada del permiso (si se aplicara la pena en su tramo inferior).

Espero haberte ayudado.

Un saludo

Invitado

Re: tasa de alcolemia 0.66

Mensajepor Invitado » Lun Dic 13, 2010 11:15 am

Se me olvidó comentarte que para este tipo de delito, los antecedentes penales son cancelables por parte del Ministerio de Justicia o de parte por el propio interesado en el plazo de 2 años desde que se produzca el cumplimiento íntegro de la pena (en la práctica a los 2 años de haber cumplido la sanción de retirada del permiso)

Un saludo

Jesuso

Re: tasa de alcolemia 0.66

Mensajepor Jesuso » Lun Dic 13, 2010 12:22 pm

Pues es una injusticia que nosotros hayamos sido condenados a Sancion economica + TBC + retirada del carnet
y ahora quiten los TBC, todo el mundo tendria que pagar con lo mismo.

Chica como se te ocurre ir borracha y hacercarte a los locales a perdirles ayuda!!! Desde luego que cuando vamos
bebidos perdemos los papeles totalmente...

Invitado

Re: tasa de alcolemia 0.66

Mensajepor Invitado » Lun Dic 13, 2010 1:06 pm

Jesuso escribió:Pues es una injusticia que nosotros hayamos sido condenados a Sancion economica + TBC + retirada del carnet
y ahora quiten los TBC, todo el mundo tendria que pagar con lo mismo.

Chica como se te ocurre ir borracha y hacercarte a los locales a perdirles ayuda!!! Desde luego que cuando vamos
bebidos perdemos los papeles totalmente...


Jeuso así es la ley; perfectamente modificable. En cualquier caso, y esto es muy importante, la norma penal tiene efectos retroactivos para el caso de que sea beneficiosa para el penado. En la nueva ley, en su disposición transitoria, establece los criterios de revisión de condenas, y básicamente viene a decir que aquellos que todavía no hayan cumplido su condena, pueden solicitar la revisión de la sentencia y adaptarla a la nueva ley. Yo, por ejemplo, he abonado la multa, el mes que viene recojo el carnet, y voy a solicitar la suspensión de los TBC en base a este principio. No obstante, en muchos casos, las sentencias se están revisando de oficio, por lo que no te extrañe que te llegue una notificación del juzgado de ejecusión en el que se te indique que se adapta tu sentencia a la nueva ley y, por tanto, si ya has abonado la multa, te suspendan la ejecución de los TBC

lois
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Re: tasa de alcolemia 0.66

Mensajepor lois » Lun Dic 13, 2010 3:15 pm

Genma, si no te vieron conducir y fue el policía quien aparco tu coche NO pueden hacerte prueba de alcoholemia, ya que la misma solo puede hacerse, según el reglamento de tráfico y seguridad vial, como indica en el artículo 21:
TODOS lo cobnductores de vehículos y bicicletas quedan obligados a someterse a las que se establezcan para la detección de las posibles intoxicaciones por alcohol. (Se considera conductor según la ley a "La persona que maneja el mecanismo de dirección o va al mando de un vehículo", y si vas andando, no manejas nada ¿No?).
Igualmente quedan obligados los demás usuarios de la vía cuando se hallen implicados en un accidente de circulación. Los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico podrán someter a dichas pruebas:
a) A cualquier usuario de la vía o conductor de vehículo implicado directamente como posible responsable en un accidente de circulación.
b) A quienes conduzcan cualquier vehículo con síntomas evidentes de embriaguez.
c) A los conductores que sean denunciados por la comisión de alguna de las infracciones contenidas en este reglamento.
d) A los que, con ocasión de conducir un vehículo, sean requeridos al efecto por la autoridad o sus agenes, dentro de los programas de controles preventivos de alcoholemia ordenados por dicha autoridad.
Si no te vieron conducir y no estas dentro de alguno de estos supuestos, no deberian haberte hecho la prueba, aunque presentases síntomas de embriaguez. En ese momento eras un peatón, y el coche pudo dejarlo alli tu padre, amiga o quien sea. Respecto a la retirada de la grua, si el vehículo estaba bien aparcado y no era un riesgo para la circulación, no deberian haberlo retirado. Si pueden inmovilizarlo en base al Art 84 de la Ley 18/1989 de 25 de julio (BOE 178) de bases sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, dejando esto bastante claro el Art 85 en el apardo c): " Cuando, procediendo legalmente la inmovilización del vehículo, NO HUBIERE lugar adecuado para practicarla sin OBSTACULIZAR la circulación de vehículos o personas"; Y que mejor lugar para dejar el coche que aparcado en un lugar señalizado como tal por el propio ayuntamiento.
Espero que te sirva. Un saludo.

genma
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Re: tasa de alcolemia 0.66

Mensajepor genma » Lun Dic 13, 2010 6:40 pm

Muchisimas gracias a todos por vuestro interes y vuestras respuestas.
Como ya he dicho estoy dispuesta a asumir las consecuencias, no tenia que haber bebido y lo hice, ¿como se me ocurrio ir a la local? pues mira chico, tenia el coche en doble fila en una ciudad que no conozco con la persona con la que iba a irme a su casa dormida en el, antes de que hubiera un problema mayor casi prefiero el juicio la verdad y todo lo que venga detras pero lo cuento yo, mi amiga, el que valla despistado que no se encuentra con mi coche en mala situacion y cualquiera que se hubiera podido cruzar conmigo y tener un accidente.
Preguntais que si me vieron conducir, claro que si,tenia el coche en la calle de al lado y les habia visto, he parado delante de ellos, me he bajado del coche y le he entregado las llaves al primer agente que se ha acercado. Si que me lo aparcaron ellos. En principio y como ya te digo no era ningun control de alcoholemia, asi que a medida que pasan las horas y lo analizo pues no se hasta que punto es justo que me hayan echo el control y esas cosas y mucho menos delito ya se, ellos me dijeron que era el protocolo y yo he colaborado en todo momento, pero no puedo evitar empezar a pensar en que no me siento justamente tratada porque he intentado no agrabar el problema, que insisto que me he metido yo solita y merezco un castigo, pero deberia de tenerse en cuenta las circunstancias.

Muchisimas gracias de verdad tengo ganas de que acabe todo esto para poder dormir llevo desde el domingo por la mañana con un nudo en el estomago.

Un saludo

Jesuso

Re: tasa de alcolemia 0.66

Mensajepor Jesuso » Lun Dic 13, 2010 7:47 pm

Ya es tarde, yo he cumplido la sentencia integra (tbc incluidos) y he recogido el carnet.

Gema tia no te lo digo para hacer daño, yo tengo 25 años y te aseguro que para mi ha sido un infierno
todo este lio en el que yo acabo de salir y en el que tu te acabas de meter, se perfectamente lo
mal k se pasa... pero sigo pensando la cagaste tia, haber aparcado tu donde pillaras jejejeje no se,
es que ir a buscarlos... tiene tarea la cosa!

Suerte y que todo pase rapido.

genma
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Registrado: Dom Dic 12, 2010 8:51 pm

Re: tasa de alcolemia 0.66

Mensajepor genma » Lun Dic 13, 2010 9:54 pm

si, es verdad tiene tarea, pero mira no creo que hubiera podido aparcar, y lo peor esque creo que volveria a hacer lo mismo. Mi vida vale mucho y la de cualquiera que podia haberme cruzado. Asi que ahora a aguantarse y a pasarlo con la mayor dignidad posible. Muchas gracias por vuestras experiencias y desde luego no me lo tomo por hacer daño al reves, estoy mas tranquila, solo espero que sea el minimo por los atenuantes de la colaboracion.
Un saludo

indigente int

Re: tasa de alcolemia 0.66

Mensajepor indigente int » Sab Ene 01, 2011 1:38 pm

!!queda claro que no velan por nuestra seguriad y bienestar ""

Son agentes recaudadores al servicio de un sistema ansioso de pasta """ no me cansare de repetirlo Y esto no hay nadie que lo pare GRATUITAMENTE por que que yo sepa en temas de justicia el DINERO LO ARREGLA TODO y no se cortan que lo vemos a diario.

Chica estamos contigo..... no mires pa lante (en este tema) esperate a quelleggue el final y luego mira pa tras...................................y mientrassss haya salud pues eso Un abrazo.


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