Hola!
mi caso es el siguiente,
me han multado por aparcar en una "zona de paso peatonal", más o menos eso es lo que pone la multa.
es la típica calle sin salida, con unas escaleras al fondo.
en esta calle existía en marzo una señal de prohibido aparcar y estacionar en el lado derecho. yo aparco en el lado izquierdo.(para que me entendáis la señal estaba pegada a la pared al principio de esa calle con una flecha que todo el mundo entendía que sólo prohibía aparcar en el lado derecho)
recientemente, y después de muchos recursos de los que vivimos en esa zona, han cambiado la señal, la han puesto a la entrada de la calle pero en la calle que cruza en perpendicular. de esta forma se entiende que está prohibido aparcar en toda la calle que entra.
Mi pregunta es si creeis que este cambio de señal me puede beneficiar.
Con el recurso de alegaciones por señalización deficiente que presenté he envíado unas fotos de como estaba la calle señalizada en un principio. Pero esta semana he recibido otra notificación,en la que el agente dice que se ratifica, y que añade que sólo pueden circular por esa calle los coches que entran a los garajes.
Desde luego lo que el agente dice tiene sentido, dada la señalización actual de la calle. ¿Creeis que debo enviar fotos de la calle en el momento en que me multan, y después del cambio de señal?
Gracias
multa aparcamiento
Moderador: santander
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