Hola a todos.
Debajo de mi casa, la acera es de carga y descarga. El coche, como es normal, nunca lo aparco alli, pero la moto si. LLevo haciendolo años y nunca habia tenido ningun problema, pero esta mañana me he encontrado una multa enrrollada en el manillar, con los datos de la moto y denunciando haber estacionado en carga y descarga sin autorizacion.
¿Se pueden multar a las motos por ello?
¿Creeis que debo recurrir?, ¿tengo alguna posibilidad?
¿Podriais decirme los pasos a seguir?
Gracias de antemano.
Multa a motocicleta por aparcar en carga y descarga.
Moderador: santander
Re: Multa a motocicleta por aparcar en carga y descarga.
Te responderé con una pregunta y el resto ya viene rodado... ¿Estabas realizando labores de carga y descarga con la moto dentro del horario establecido para estas labores...? Y por si te surge algún tipo de duda puede que te la solucione el hecho de saber que las motocicletas tienen las mismas obligaciones que el resto de los vehículos, con sus particularidades, pero a nivel de estacionamientos las mismas salvo que, según el municipio y la Ordenanza de Circulación que rija, cuentan con el beneplácito de no tener que pagar por estacionar en las zonas de estacionamiento regulado (no tendrían dónde colocar el ticket visible sin peligro de ser retirado por cualquier desaprensivo-aprovechado). Por lo demás, estacionar sobre la acera, en isletas y demás, lo tienen igual de prohibido que los turismos y el resto de vehículos, el Reglamento no hace distinciones en ese sentido. Otra cosa es la educación vial que se tenga, porque por la autoescuela ya hace mucho tiempo que pasamos y eso quedó olvidado pero ayyyy si nos entra en el exámen esa pregunta a día de hoy...
Re: Multa a motocicleta por aparcar en carga y descarga.
A ver, entiendo perfectamente el reglamento y se que las motos tienen las mismas normas, pero en la practica, nunca suelen multar por cosas asi. A no ser que estuviera aparcada en la acera, o en un paso de peatones o en minusvalidos, ¿pero en carga y descarga?..... hay que tener mala fe.
Pero lo que mas me fastidia no es la multa en si, porque esta claro por norma la infraccion, sino el dinero a pagar. Nada mas y nada menos que 200 €. Eso si que es injusto, que nos hagan pagar igual que a un coche....
La multa la tenia en el manillar de la moto, y en ella me dice que dispongo de 20 dias para pagarla con un 50% de reduccion. E aqui mis dudas: la multa me debe llegar mas tarde por correo certificado a mi domicilio? cuando me llegue volvere a tener esos 20 dias con reduccion?. Lo digo porque puede darse el caso de que la multa se la lleve el viento, se caiga, alguien la coja, etc....
Pero lo que mas me fastidia no es la multa en si, porque esta claro por norma la infraccion, sino el dinero a pagar. Nada mas y nada menos que 200 €. Eso si que es injusto, que nos hagan pagar igual que a un coche....
La multa la tenia en el manillar de la moto, y en ella me dice que dispongo de 20 dias para pagarla con un 50% de reduccion. E aqui mis dudas: la multa me debe llegar mas tarde por correo certificado a mi domicilio? cuando me llegue volvere a tener esos 20 dias con reduccion?. Lo digo porque puede darse el caso de que la multa se la lleve el viento, se caiga, alguien la coja, etc....
Re: Multa a motocicleta por aparcar en carga y descarga.
Hombre, yo más bien observo mala fe en quien a diario (y durante años, según dices) infringe de la misma manera (conociendo y entendiendo perfectamente el reglamento, como dices), llegándose a autoconvencer de que lo que hace es correcto (o al menos moralmente, ya que como la moralidad es algo muy subjetivo, cada uno puede defender la suya a capa y espada). El Agente hace su trabajo, ni más ni menos y él no es responsable de que el legislador no haya distinguido entre motocicletas, turismos y/o camiones, por esa misma regla de tres los conductores de turismos protestarían porque se les sanciona con el mismo importe que a un camión y son precisamente éstos, los que por el hecho de disponer de este tipo de vehículo, se suelen librar de la denuncia, aún estando estacionados sin realizar las labores que habilitan a estacionar reglamentariamente en esas zonas reservadas, cosa que tampoco es justa. Yo soy consciente de que se tiene mucha manga ancha en general con los estacionamientos indebidos de motocicletas y ciclomotores y que estoy seguro de que cualquier usuario de estos medios de transporte me podría lo corroborar, pero eso no debe suponer que los usuarios de estos vehículos se crean con patente de corso para hacer lo que les viene en gana respecto de los estacionamientos ya que, como hemos comentado, les rige la misma normativa, con sus derechos y obligaciones. En este caso se ha denunciado la infracción pero estoy seguro de que habrá habido muchas otras en las que se ha obviado y yendo aún más allá, habrá habido veces en las que se haya denunciado a otros vehículos en la misma reserva y, si la moto estaba orillada a una esquina y sin molestar en exceso, se haya "librado" de la denuncia (algo no del todo justo, pero el poder discreccional del Agente, está para ser usado), con lo cual creo que es algo que nos puede servir de consuelo sin perjuicio de la merecida autocrítica para que no nos vuelvan a tocar el bolsillo otra vez por lo mismo. Como bien dices, la copia de la denuncia se podía haber volado o te la podía haber quitado cualquiera que pasase por ahí (exactamente igual que a cualquier otro turismo) y es por esto por lo que no se considera notificado el infractor hasta que la multa es recepcionada en el domicilio del propietario una vez enviada por correo certificado, de aquí que no sea necesario dejar copia cuando el conductor se encuentre ausente. Dicho esto, entiendo que los 20 días para el pago voluntario comenzarán a partir de que se te notifique en tu domicilio y en caso de no ser posible la notificación por cualquier motivo (te encuentras ausente, te niegas a recepcionarla, etc.) lo será a partir de la ulterior publicación de la notificación en el correspondiente Boletín Oficial de la Provincia.
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