Multa y retirada de vehículo por estacionar en carril bus

Multas de estacionamiento y zona azul

Moderador: santander

raulongo
Mensajes: 1
Registrado: Vie Mar 02, 2012 10:41 am

Multa y retirada de vehículo por estacionar en carril bus

Mensajepor raulongo » Vie Mar 02, 2012 10:51 am

Hola,

Lo primero, gracias por leer este mensaje. He buscado temas parecidos en el foro (que lo leo a menudo sin haber estado registrado) pero me decido a preguntar.

Anoche aparqué mi vehículo en un carril bus de Valencia a las 00:35 de esta noche. Dicho carril bus no tiene señalización vertical de prohibición, ni una línea amarilla que prohiba estacionar. Tengo entendido por otras zonas, y gracias a unas señales verticales, que está permitido estacionar en carril bus a partir de las 22h hasta las 8h del día siguiente (son muchas las veces que he dejado el coche en C/ de la Paz en carril bus a partir de esa hora). No es la primera vez que aparco ahí (llevo más de 9 años haciendo lo mismo varias noches a la semana). Ni yo ni muchos de mis vecinos de mi edificio o de mi zona. Incluso, hay un bar que congrega mucha gente y aparcan hasta altas horas de la madrugada en dicho carril

Mi sorpresa ha sido que, esta mañana, al ir a coger mi coche para ir a trabajar, no estaba y, por supuesto, la pegatina indicando que mi coche había sido retirado por la grúa municipal. Me lo retiraron sobre las 01:30h y han sido 147€ de multa que pienso recurrir, ya que, todos los días hay una decena de coches, y nunca ha pasado nada.

¿Es posible recurrir? ¿Tengo posibilidades?

Gracias a todos., un saludo.

lois
Mensajes: 1136
Registrado: Mié May 19, 2010 7:42 pm

Re: Multa y retirada de vehículo por estacionar en carril bus

Mensajepor lois » Vie Mar 02, 2012 11:29 pm

R.D. 1428/2003 de 21 de Noviembre (BOE Nº306 de 23 de Diciembre), por el que se aprueba el Reglamento Gral de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado por el R.D. Legislativo 339/1990 de 2 de Marzo.:
SECCIÓN 2ª.: NORMAS ESPECIALES DE PARADA Y ESTACIONAMIENTO.:
Art 94.- LUGARES PROHIBIDOS:
1.- Queda prohibido parar:
C) En los carriles o parte de las vías reservados exclusivamente para la circulación o para el servicio de determinados usuarios.
2.- Queda prohibido ESTACIONAR en los siguientes casos:
A) En todos los descritos en el apartado anterir en los que está prohibida la parada.
En base a esto, yo entiendo que estacionar en el carril reservado al paso de autobuses urbanos, está prohibido, aunque en algunas zonas de la ciudad, el ayuntamiento, mediante la señalización correspondiente autorice de forma excepcional, y a determinadas horas o días, el estacionamiento en ese carril, primero habria que saber si la zona donde estacionastes tu vehículo, estaba autorizado el poder estacionar. Si no se puede porque no exista señalización que lo autorice de forma expresa, hay que entender que la denuncia es correcta, ya que el hecho de que nunca se denunciase en ese punto, no quiere decir que se pueda. Si por el contrario, si se permite estacionar, debería bastar con presentar alegaciones basándolas en ese hecho. Un saludo.


Volver a “Multas de estacionamiento”

¿Quién está conectado?

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 2 invitados