¿ si no es necesario registral el descanso diario ,por que

Todo tipo de sanciones relacionadas con el tacógrafo.
mortolitos
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Registrado: Mié Jun 23, 2010 9:36 am

¿ si no es necesario registral el descanso diario ,por que

Mensajepor mortolitos » Mié Jun 23, 2010 9:58 am

hola a todos ,buenos dias a ver si me podeis ayudar . dia 26 termino a las 14.00 con el camion lo deje en descanso un par de minutos y saco la tarjeta finalizando el dia o sea españa y CV ( Lo del descanso mas que na para que salga la cama en el ticket) al otro dia meto la tarjeta a las 05.00 ( esta en cama porque lo deja mi compañero asi, pues vamos dos,uno de dia y uno de mañana ) y como entiendo que no tengo entradas adicionales que meter , pues listo ENTRADA NO ESPAÑA CV .pues bien, me denuncio el agente por eso ,le enseñe el ticket anterior que terminaba en descanso y el de hoy que empezaba en descanso y nada ,que dice que las entradas manuales son obligatorias,,,,,,,si eso ya lo se yo, pero dentro de tu periodo de trabajo diario.total que a los tres meses me an venido 225 eurillos de multa . yo creo que la ley es clara ,,,,, no sera necesario registral el descanso diario y demanal art 15 ley de seuridad vial, ¿ si no es necesario registral el descanso diario ,por que ha de ser obligado una entrada adicional para registarlo?

ar

Re: ¿ si no es necesario registral el descanso diario ,por que

Mensajepor ar » Mié Jun 23, 2010 11:36 am

No entiendo el porque de la sanción, debes recurrirla no estás obligado a justificar los descansos diarios entre otros. Explica el servicio realizado y aporta el ticket de tu compañero aclara que finalizas e inicias en el mismo punto un saludo. Seguro que te atienden bien en la generalitat

Logistico

Re: ¿ si no es necesario registral el descanso diario ,por que

Mensajepor Logistico » Mié Jun 23, 2010 3:59 pm

No tienes obligación de registrar manualmente los descansos diarios, sí las pausas o interrupciones durante la jornada. El conductor no tiene la obligación de indicar lo que hace entre dos jornadas de trabajo como es tu caso, eso se explicita en los criterios de actuación del ministerio de fomento que lo encontrarás en su página web, pero cuidado, porque esos criterios no tienen rango de Ley por lo que no es válido. Más apropiado es razonar que en los discos diagrama no es obligatorio dejar un disco durante el descanso, lo mismo ocurre con la tarjeta, no es obligatorio dejarla en el tacógrafo durante tu descanso, siguiendo el razonamiento del artículo 15 de Reglamento 3821.


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