Ayuda con multa Ayuntamiento de Granada y cuidado en Granada

Cualquier otro tipo de multa que no se encuentre recogida en los temas anteriores.
Stier
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Registrado: Lun Ago 11, 2008 3:10 pm

Ayuda con multa Ayuntamiento de Granada y cuidado en Granada

Mensajepor Stier » Lun Ago 11, 2008 3:17 pm

Hola a todos, supongo que como la mayoría, he tenido conocimiento del foro por alguna de esas jugarretas que nos hacen las Administraciones.

Pues resulta que hoy le ha llegado a mi padre una notificación del Ayuntamiento de Granada, en el que le notifican una sanción de 301 €uros por infracción al articulo 73.2 (que se refiere a lo de no identificar al conductor del vehiculo, habiendo siendo requerido).

Lo curioso, es que él no ha recibido ninguna otra notificación por haber sido denunciado, siendo ésta la primera notificación que recibe.

He metido su D.N.I. en google y aparece en un listado del B.O.P. de Granada dentro de una "Relación de notificaciones de requerimiento al titular del vehiculo" en la que hay mas de 1.500 personas en la misma situación pero por haber cometido diferentes infracciones, donde la que mas se repite es la del articulo 53.1, por lo que me hace sospechar que es una practica habitual y con cierta malaintención del Ayuntamieto de Granada.

¿Alguien podría asesorarme o enviarme algún recurso para este caso? ¿No debería primero, haberle notificado la primera infracción?


Por cierto, os añado este enlace: http://www.ideal.es/granada/20080717...-20080717.html

Invitado

Re: Ayuda con multa Ayuntamiento de Granada y cuidado en Granada

Mensajepor Invitado » Lun Ago 11, 2008 6:05 pm

P
legalmente únicamente puedes anular la multa si está mal notificado el requerimiento. Si lo está la publicación en el BOP no vale.
Recuerda que debe enviarse correctamente la notificación en el domicilio que aparece en el permiso de conducir y muy importante DEBE EXISITIR DIFERENCIA MINIMA DE 1 HORA ENTRE EL 1 Y 2 INTENTO. SI no es así la notificación es nula.

Saludos.

Invitado

Re: Ayuda con multa Ayuntamiento de Granada y cuidado en Granada

Mensajepor Invitado » Lun Ago 11, 2008 6:18 pm

Gracias por responder, entiendo que solo con el hecho de publicarlo en el BOP, no es suficiente a efectos de notificación ¿no?.

Lo digo porque mi padre reside en el domicilio que pone en el permiso de circulación y además casi siempre esta en casa por las mañanas, ya que es jubilado, por eso digo que a él no le han notificado nada de la primera infracción.

Saludos.


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