Os comento un problema que he tenido ésta misma mañana, cuando me dirijía para el trabajo una patrulla de la guardia civil, me pidio detenerme, la infracción ha sido por no encender las luces del vehiculo por haber niebla, la verdad había niebla pero no caí en encender las luces ya que tampoco era elevada, le he comentado al agente que mi vehículo tenía sensor automático de encendido de luces, y que si no se había activado entendía que había visibilidad, pero el agente me ha denunciado.
He comentado el tema con un amigo y me ha sugerido confirmar si el sistema se activa con la niebla, en la casa volfwagen me han confirmado que si se activa, y he pedido un informe de que el sistema de mi vehículo funcionaba correctamente, me lo han entregado sin problemas y funcionaba perfectamente.
Estoy pensando en presentar un pliego de descargo adjuntando ésta información, pero aun así tengo dudas de que ésta información sea correcta y de perder el 30% de dto, por realizar el pliego, hay alguien que tenga conocimiento de éste ocurrido y me asesore un poco. Muchas Gracias.
Dispositivo automatico de encendido de luces
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- Registrado: Mié Oct 15, 2008 9:57 pm
Re: Dispositivo automatico de encendido de luces
Yo de ti presentaba recurso. Adjuntas un prueba externa y válida. Igual te anima un poco esto.
Como establece la Sentencia del Tribunal Supremo de 14 de Abril de 1990 “...la presunción de veracidad y legalidad que acompaña a todo obrar de los órganos administrativos, y de sus agentes, es un principio que debe acatarse y defenderse, ya que constituye esencial garantía de una acción administrativa eficaz, sin que ello quiera decir, en coordinación con el principio constitucional de presunción de inocencia, que los hechos denunciados por un Agente se consideren intangibles, ya que en realidad de los mismos puede quedar desvirtuada mediante la adecuada prueba en contrario o aún en ausencia de todo prueba...
SAludos
Como establece la Sentencia del Tribunal Supremo de 14 de Abril de 1990 “...la presunción de veracidad y legalidad que acompaña a todo obrar de los órganos administrativos, y de sus agentes, es un principio que debe acatarse y defenderse, ya que constituye esencial garantía de una acción administrativa eficaz, sin que ello quiera decir, en coordinación con el principio constitucional de presunción de inocencia, que los hechos denunciados por un Agente se consideren intangibles, ya que en realidad de los mismos puede quedar desvirtuada mediante la adecuada prueba en contrario o aún en ausencia de todo prueba...
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